La tutela presentada a finales de mayo por la ciudadana Catalina Roldán contra la plataforma Medellín me Cuida, en la que solicitaba la protección de sus derechos fundamentales al habeas data, la intimidad, la libertad y el trabajo, fue revocada en segunda instancia por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Medellín, negando el amparo constitucional solicitado por la demandante y fallando a favor de la Alcaldía.
El Juzgado 45 Penal Municipal con Funciones de Garantías, en primera instancia, había fallado a favor de Roldán.
En esta segunda instancia, el juez manifestó que la protección y el tratamiento de datos personales que se recogen en la plataforma Medellín me Cuida se encuentra “más que garantizado por la Alcaldía de Medellín, al establecer que la dirección física en el marco de la emergencia ocasionada por el virus del COVID-19 tiene como finalidad realizar los cercos epidemiológicos correspondientes, en el entorno residencial y laboral”.
En mayo, cuando el fallo en primera instancia favoreció a la demandante, la Alcaldía había aclarado que este “solo tiene efectos para la persona que interpuso la tutela”.
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