Manipob, la accidentada antena parabólica de El Poblado

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En 1997, la única manera de ver televisión internacional era instalando antenas parabólicas. Una historia antes de Netflix.

1997

Mientras hoy se trabaja en regular la televisión por streaming, más de una década después de su aparición, viene a la mente el recuerdo de lo que fue la regulación de las antenas parabólicas en la décadas de 1980 y 1990. Hoy los protagonistas son Netflix, Amazon, Disney y un centenar más de servicios; entonces el asunto era con los canales peruanos, Televisión Española, HBO y otros.

En abril de 1995, Vivir en El Poblado reportaba que, tras meses de papeleo, los líderes Gabriel Congote, Guillermo García y Amparo Gaviria lograban los permisos de Planeación Metropolitana para el montaje de la parabólica en un lote entre calles 11A y 11B No. 48B-68, entregado en comodato por el Municipio. Ya se habían adquirido los equipos y contratado a la empresa para su montaje; era cuestión de meses para que los 300 interesados de Poblado Centro, Patio Bonito y Manila recibieran la señal de ocho canales internacionales y uno local, pagando una cuota única de $150.000, y $10.000 anuales por mantenimiento, pues no podían cobrar por una señal incidental (que llegaba a los televisores sin costo).

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Entonces llegó una comunicación del Ministerio de Comunicaciones, firmada por el ministro de la época Armando J. Benedetti, en la que se advertía: “La distribución de señales codificadas —según el presupuesto, la antena (Manipob) contará con cuatro de este tipo— exige un título para prestar dicho servicio, que solo se obtiene mediante licitación pública; la autorización de la Comisión Nacional de Televisión (CNTV) y el pago de derechos de autor”, so pena de incurrir en sanciones. Por fortuna, como reportaba este medio, aún estaban a tiempo para solicitar los permisos.

Al respecto, explica Constanza Vanegas, quien ha trabajado por más de dos décadas en servicios de televisión, existía autorización para la instalación de antenas parabólicas, pero su uso debía ser comunitario, no para emitir canales comerciales. Entonces surgió la necesidad de crear la normatividad desde el Estado, a través de la CNTV, que clasificó entre televisión abierta y cerrada, de pago o no, y otorgó licencia a los canales privados para operar. Aparecen los primeros cableoperadores, entre ellos Veracruz TV Cable y Cable Sistemas, para ofrecer esa TV de pago o por suscripción, sin límite de canales.

Manipob sigue enfrentando escollos

Se surtieron los trámites de permisos y Manipob siguió adelante; pero, un año después, en abril de 1996, EPM los demandó por usar los postes para llevar cables hasta las viviendas afiliadas, es decir, una “querella por restitución de uso de bien público y, según las EPM, ya se los habían advertido pero no acataron”. Mauricio Restrepo, gerente de la entidad entonces, habló del abuso de su infraestructura de servicios, con los consecuentes riesgos de seguridad para el personal y mala señal para los usuarios, lo cual solucionarían con instalación de fibra óptica en los meses siguientes.

Volviendo a la regulación estatal, el 15 de noviembre de 1997 fue expedido el acuerdo No. 6 de la CNTV, aclarando que quien tuviera parabólica para uso propio no tenía que solicitar permiso, pero que quien la tuviera para uso de una comunidad, sí, para lo cual debía diligenciarse un formulario y anexar los documentos necesarios. En su edición No. 106, Vivir en El Poblado reportaba que tenía “una copia de ese formulario y lo presta sin ningún costo a los interesados en fotocopiarlo”. La CNTV estudiaría si la comunidad reunía los requisitos y la autorizaría para prestar el servicio; quedaba claro que solo podían “recibir la señal de la parabólica los copropietarios de la misma y que no se puede cobrar por el servicio. Nadie puede ser dueño de una antena y venderle el servicio a una comunidad”.

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Saber qué paso con Manipob no resulta sencillo. Gabriel Congote uno de los líderes del proceso, falleció; Amparo Gaviria, líder de Provenza aún activa, dice que no recuerda bien lo sucedido; por su parte uno de los periodistas de Vivir en El Poblado de esa época recuerda que la antena sí llegó a operar, pero tuvo que cerrar por alguno de estos asuntos legales.

Mientras tanto, los cableoperadores evolucionaron y en los primeros años del siglo XXI empezaron a vender sus servicios empaquetados, el Triple Play, que evolucionó al consumo de contenidos en Internet y al streaming actual. Nuevamente el mercado va más rápido que la norma, pero hoy la fuerza es más masiva que la de una parabólica para 300 familias, así que tarde o temprano deberá haber claridad en esa normativa.

Como dice el experto académico Gabriel E. Levy: “Colombia no tiene regulación para plataformas Over The Top —OTT—, más allá del gravamen del IVA, no hay ni cuota de catálogos de pantalla, ni obligaciones de protección del consumidor como en otros países, es decir, hay un gran vacío legal, una deuda histórica”.

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