La reactivación económica en Colombia avanza paso a paso. A la fecha, son pocos los sectores que están a la espera de autorización para abrir.
Este viernes 9 de octubre el Ministerio de Salud y Protección Social dio a conocer la Resolución 1764 del 5 de octubre de 2020, en la que establece los protocolos de bioseguridad para centros de estética y cosmetología, institutos de belleza, spa y zonas húmedas.
Mantener los espacios entre camillas que aseguren el distanciamiento de dos metros entre personas; disponer dispensadores de alcohol glicerinado al 60 % o gel antibacterial en entradas y puntos de atención, así como garantizar la circulación natural del aire y contar con un espacio para verificar condiciones de salud, son algunas de las recomendaciones que se encuentran en la resolución para disminuir los riesgos de contagio.
En el comunicado difundido por el Ministerio de Salud, se indica que en estos establecimientos deberán demarcarse las zonas de espera, las áreas comunes y vestuarios, siempre garantizando la distancia física de dos metros entre personas.
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Los baños deberán contar con dispensador de jabón antibacterial y toallas desechables. Para atención al cliente, estos comercios atenderán con una barrera física en vidrio, plástico o acrílico que proteja tanto al personal como al usuario.
Claudia Milena Cuéllar, directora (e) de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud, dijo que “la limpieza y desinfección de puestos de trabajo, superficies, elementos, herramientas y equipos de trabajo deben hacerse con una periodicidad mínima de tres horas“.
La funcionaria del Ministerio detalló que se deben retirar de las cabinas todos los elementos desechables utilizados, cambiar toda la ropa de la camilla de tratamiento y desinfectar vestidores y cabinas antes y después de cada cliente.
En cuánto a zonas húmedas, explicó Cuéllar, se debe permitir el ingreso únicamente a grupos convivientes. De lo contrario serán de uso individual.