Finalizadas el 30 de junio las medidas transitorias decretadas por el Gobierno nacional, desde el primer día de julio se puede incrementar el valor de los contratos de arrendamiento, con la condición habitual de que se haya cumplido la anualidad.
La normalización de las medidas transitorias en materia de arrendamientos y propiedad horizontal que había regulado el Gobierno desde el 15 de abril mediante el Decreto 579 también tiene efecto en el cobro de intereses de mora al arrendatario para el periodo entre 15 de abril y 30 de junio y en los reajustes a las cuotas de administración. Ya se podrán aplicar.
Igualmente, se pueden reactivar las asambleas de las propiedades horizontales, con plazo para citación este sábado 4 de julio. De no ser convocadas, estas se reunirán en forma ordinaria por derecho propio el día hábil siguiente a la finalización del plazo.
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Por último, con el funcionamiento de los juzgados, también quedan habilitados los procesos de restitución y de desalojo para la finalización de los contratos de arrendamiento.
Con el nuevo panorama, La Lonja de Propiedad Raíz de Medellín y Antioquia invitó a continuar los consensos entre propietarios y arrendatarios con la intermediación de las empresas inmobiliarias.
“Propiciar acuerdos es lo que se necesita en una situación excepcional como la que hemos vivido a partir de la emergencia por el COVID-19”, afirmó el gerente, Federico Estrada García.