El Ministerio de Trabajo estipuló la vacunación obligatoria para todos los empleados de establecimientos públicos.
De esta forma, los trabajadores que realicen sus actividades en sitios abiertos al público deberán presentar su esquema de vacunación.
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Así quedó estipulado en la circular 0003 que publicó este miércoles 12 de enero el Ministerio de Trabajo, y que recoge la normatividad ya existente a través de la Resolución 777 de 2021.
La circular indica que las empresas deberán tener una herramienta con la que el empleador pueda identificar cuál trabajador aún no se ha vacunado, y este está en el deber de informar a quien corresponda para que inicie pronto el esquema.
Se aclara en la circular 0003 que a los trabajadores aún no se les debe exigir que tengan los esquemas completos o tener el refuerzo, sino que deben ir empezando con el proceso y cumplirlo.
En la circular 0003 se contempló: “En el marco de la responsabilidad social, sensibilización humana, la autodeterminación y autonomía personal, los trabajadores y empleadores que adelanten sus funciones en los establecimientos abiertos al público o que implique atención al público deberán tener en cuenta que la vacunación no solo constituye una medida preventiva para el propio individuo, sino también sanitaria para evitar la propagación del COVID19”.
¿Para cuáles trabajadores aplica?
En la circular se estipula que deben presentar su esquema de vacunación los trabajadores de bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos, actividades de ocio y todos quienes presten sus labores en eventos de asistencia masiva.
De igual forma, las personas que trabajan en escenarios deportivos deberán presentar su carné de vacunación; así como aquellos que laboren en parques de diversiones y temáticos, museos, es decir, en toda actividad que implique atención al público.