Hospedar o contratar extranjeros tiene sus normas

Hablamos con Carlos Galvis, oficial de Migración Colombia, quien a nombre de esa entidad gubernamental adelanta labores informativas y operativos de control para regularizar la situación de migrantes en El Poblado.

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¿Qué es Migración Colombia y cuáles son sus funciones? 

Es un organismo civil de seguridad, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores. Nuestro objetivo es ejercer como autoridad de vigilancia, control migratorio y de extranjería en todo el país. Hacemos operativos en la ciudad y el sector turístico es clave para un efectivo control migratorio; por eso estamos en estas jornadas de actualización en las normas para extranjeros, bien sean huéspedes o trabajadores de establecimientos de hospedaje y entretenimiento.

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¿Cuáles problemáticas asociadas a sus funciones han encontrado en El Poblado? Temas de seguridad y convivencia ciudadana, como trata de personas, en los diferentes fines de explotación,como la mendicidad ajena, explotación laboral e incluso explotación sexual y comercial con menores y mujeres extranjeras. Se ha observado con preocupación la explotación laboral, debido al desconocimiento de la norma, tanto de empleadores como empleados extranjeros.

El personal que atiende en hoteles, hostales y viviendas turísticas tiene la obligación de registrar inmediatamente a todo huésped extranjero en la plataforma SIRE de Migración Colombia.

¿Qué consideraciones deben tener en ese sentido los empresarios del hospedaje? 

Lo primero es conocer las normas asociadas al turismo, así como las normas migratorias, para que puedan conocer las obligaciones administrativas que tienen que cumplir ante Migración Colombia. En el siguiente orden, entrar dentro de la regularidad establecida tanto por el MICIT (Ministerio de Comercio, Industria y Turismo), Policía de Turismo, Policía de Infancia y Adolescencia, y Migración Colombia, en lo que tiene que ver con los establecimientos de alojamiento y hospedaje, en temas como obtener el RNT (Registro Nacional de Turismo) y realizar el respectivo registro del hotel, hostal o vivienda turística, en la plataforma SIRE de Migración Colombia, que lleva el registro de extranjeros en el país.

CUANDO VAYA A CONTRATAR 

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Si va a vincular a un extranjero (diferente a venezolano) hay que solicitarle una visa de inmigrante trabajador, que debe tramitar en la Cancillería. Una vez sea aprobada, debe registrarla en Migración Colombia, que le entregará una cédula de extranjería a esa persona, con la cual puede trabajar legalmente. Tenga en cuenta que la figura de cooperantes extranjeros no está reglamentada en Colombia, para efectos laborales. Hay muchos venezolanos trabajando en estos negocios, como hospedajes, restaurantes y bares. Para ellos rige un Estatuto Temporal de Protección, que definió un Permiso de Protección Temporal (PPT), el cual hace las veces de visado por 10 años. Además del PPT, el empresario debe exigirle el pasaporte o DNI (Documento Nacional de Identificación); para el caso del pasaporte venezolano, dada la dificultad de renovación, el Estado prorrogó su vigencia por 10 años más, para todo efecto legal, dentro del territorio colombiano.

¿Y los empresarios de restaurantes, bares o discotecas? 

También conocer las normas que indican los ministerios de Trabajo, Relaciones Exteriores y Migración Colombia, en lo que se refiere a vinculación y contratación de extranjeros, conocer de primera mano los tipos de documentos y clases de visas y/o permisos para que la población extranjera pueda desarrollar actividades diferentes al turismo (contratos laborales o prestación de servicios). Así mismo, realizar el respectivo registro de su empresa en la misma plataforma SIRE de Migración Colombia a fin de poder llegar a tener información de ese empleado extranjero que pretende contratar, ya que el sistema SIRE busca antecedentes o anotaciones dentro y fuera de Colombia. Es una seguridad para sus negocios. 

Desconocer la normatividad para el registro de huéspedes y trabajadores extranjeros podría afectar seriamente la viabilidad de cualquier empresa turística. Las sanciones arrancan desde siete salarios mínimos mensuales vigentes.

¿Qué recomendaciones le haría a la ciudadanía en general de la Comuna 14 frente al tema de los migrantes? 

Que tengan claras las funciones y competencias de cada institución, ya que, en ocasiones, remiten casos a Migración Colombia sin conocer que quizás dicha novedad o situación corresponde a las funciones de la Policía Nacional u otra institución del Estado. Por otra parte, evitar situaciones de xenofobia, en especial con nuestros vecinos venezolanos, ya que la intención del Estado colombiano, a través del ETPV (Estatuto Temporal de Protección a Migrantes Venezolanos) es que la población migrante venezolana, con vocación de permanencia, haga parte del modelo económico y social del país.

PILAS AL ALOJAR 

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Los casos más frecuentes de errores cometidos a la hora de registrar en la plataforma SIRE a un huésped extranjero son: no hacerlo dentro de la primera hora de su llegada, no buscar la nacionalidad del cliente en la plataforma, no llenar todos los espacios, no preguntar ni registrar procedencia y destino, realizar solo la entrada al establecimiento y no anotar la salida, cargar únicamente a la persona que hizo la reservación o que se encargó del pago de la cuenta.

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