Hay que reformar la Reforma a la Justicia

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  Por: Juan Carlos Vélez  
 
En estos últimos días se ha venido planteando por parte del Gobierno Nacional una propuesta de reforma constitucional buscando establecer algunos cambios al sistema judicial colombiano. Propuesta esta que ha desencadenado todo tipo de comentarios y posiciones a favor y en contra. Se ha tratado de establecer una reforma que fortalezca a esta rama y que garantice sobre todo la eficacia y agilidad de ese servicio público.
La verdad, es que a pesar de existir en dicho proyecto, presentado ante el Congreso de la República por el Ministro del Interior y de la Justicia, una intención manifiesta de generar importantes cambios en el Sistema, me parece que esta debe incluir otros aspectos que de una u otra manera tienen que ver con la pequeña justicia, esa que le debe llegar a todos los ciudadanos y no a unos cuantos. La justicia del día a día, la que contribuye significativamente a garantizar la convivencia pacífica entre los ciudadanos, es la que soluciona grandes problemas para el individuo, que pueden parecer insignificantes para el Estado, pero que cuando el ciudadano se siente correspondido no tiene que acudir a soluciones “privadas” o a su propia mano para poder aplicarla.
He propuesto en el Congreso que hagamos un alto en el camino antes de proceder a discutir una reforma que se ha venido circunscribiendo a grandes temas, como la doble instancia para el juzgamiento de los parlamentarios. Es fundamental que hagamos una evaluación integral al Sistema y busquemos la forma para lograr antes que todo, una justicia más ágil y eficaz. Por ejemplo, evaluando la ley estatutaria de la justicia, algunos procedimientos, especialmente de carácter administrativo y laboral; la oralidad en la justicia, entre otros, de cara a mejorar este servicio que le brinda el Estado al ciudadano. De igual manera se convierte en un imperativo el buscar la revisión de los códigos: penal, civil, comercial, laboral y administrativo, que nos permita adecuarlos a la época, pues nuestro Código Civil es del año 1887 y el de Comercio de principios de los 70 (Decreto Ley 410 de 1971).
He venido particularmente insistiendo en la urgencia de revisar dos leyes: La ley de pequeñas causas (que acaba de ser declarada inexequible por la Corte Constitucional) y el Código de Policía, ya que de la aplicación de ambas depende que todos podamos vivir mas tranquilos. En el caso del tratamiento de las pequeñas causas en materia penal o Ley 1153 de 2007, hoy inexequible, se pretendía una nueva jurisdicción, encaminada a sancionar a quien cometía delitos que afectaban en gran parte al ciudadano del común.
Era el caso de como cuando en una riña se causaban lesiones personales con incapacidad menor a diez (10) días; de las contravenciones contra el patrimonio económico cuando la cuantía no superaba los diez (10) salarios mínimos legales; el daño en bien ajeno como cuando una persona en estado de ebriedad “cogía a patadas” un vehículo; cuando se consume sustancias psicoactivas frente a un menor o en establecimientos educativos, etc. Al “caerse” esta ley, quedamos hoy a merced de la delincuencia. Esta conducta nos lleva a pensar que es más importante hoy en día tramitar un proyecto de ley de pequeñas causas, que sacar adelante una reforma constitucional tal como está planteada.
La otra Ley que es urgente renovar es el Código Nacional de Policía, pues el actual estatuto fue expedido en 1970 (Decreto 1355), con sanciones que ya no producen algún efecto; por ejemplo es inaudito que las multas oscilen entre los 50 y los 500 pesos. Se requiere entonces ajustar estas sanciones a la época, con multas representadas en salarios mínimos legales vigentes. En cuanto a la pólvora es imperioso establecer regulaciones de carácter nacional. Así mismo existen sanciones poco estrictas para los establecimientos abiertos al público donde se expende licor, y además algunos dueños de establecimientos nocturnos recurren a la figura de los denominados “clubes sociales” para evadir las normas de los establecimientos de comercio, y de esta manera burlar la ley.
En conclusión, para lograr una mejor justicia para el ciudadano del común es menester expedir las dos leyes antes mencionadas, antes que dedicar ingentes esfuerzos para aprobar una reforma constitucional a la justicia que de pronto no va a tener los mismos efectos para los colombianos, que los que podrían lograrse con una reforma legal integral.
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