El aumento de los arriendos para el 2020 podrá ser hasta del 3.8% que es el mismo porcentaje del IPC durante el año anterior, es importante aclarar que el incremento solo podrá realizarse al momento de cumplirse el contrato.
Según el presidente de Fedelonjas, Daniel Vásquez, el 34% de los colombianos viven en arriendo, y anualmente el mercado de arriendos en el país asciende a 27.12 billones de pesos.
¿Cuándo se realiza el aumento?
El presidente de Fedelonjas explicó que “los cánones de arrendamiento no se incrementan automáticamente en enero, sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado”.
Recomendaciones
- El incremento se realiza al momento de la renovación del contrato y siempre con previa comunicación escrita por parte del arrendador
- El arrendatario puede exigir la terminación del contrato si el incremento es superior al 3.8%, esto sin tener que pagar sanciones económicas
- El arrendador puede aplica o no el alza, o realizarla en un porcentaje menor
- La notificación del incremento y la fecha en la que comenzará a ser efectivo debe hacerse por escrito o según lo acordado en el contrato de arrendamiento
- Los contratos realizados antes del 10 de julio de 2003 podrán tener un aumento máximo del 3%, correspondiente a la meta de inflación del Banco de La República para el 2020
Según el DANE de los 48 millones de habitantes del país, 16.3 viven en vivienda alquilada, lo que significa que son 4.9 millones de hogares, principalmente en estratos 2, 3 y 4.
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