Expedido este miércoles 2 de septiembre y ya en vigencia, el decreto 0838 de 2020 establece como obligatorio el uso adecuado del tapabocas “por todos los habitantes” de Medellín.
El mandato añade que los establecimientos abiertos al público deben exigir a sus usuarios el uso del tapabocas y que en caso contrario se verán sometidos a sanciones, tanto el comercio como su cliente.
El comercio se debe hacer cargo de tomar la temperatura de sus visitantes y de sus trabajadores y dotar con zonas de desinfección sus instalaciones, además dejarán de atender a quienes se presenten sin tapabocas y se nieguen a seguir protocolos bioseguros como la desinfección y la toma de temperatura. La secretaría de Salud estará a cargo de la vigilancia del cumplimiento de la medida.
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El decreto 0838 también extiende la prohibición del consumo de licor en establecimientos de comercio y en espacios públicos.
Quienes lleguen a Medellín desde otros departamentos y se consideren parte de los casos sospechosos, probables o confirmados de COVID-19, deberán entrar en aislamiento durante 15 días. También lo dispone el nuevo decreto.
La Alcaldía de Medellín adopta estas medidas a manera de prevención y de contención de la pandemia en vinculación con las normas nacionales de aislamiento selectivo y aislamiento en presencia de la reactivación económica.
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