Así lo determinó el Ministerio de Salud en un comunicado dado a conocer este viernes 4 de septiembre.
Los nuevos lineamientos detallan que a los viajeros mayores de siete años que se dirijan a San Andrés, se les pedirá, antes del embarque, la presentación del resultado negativo de la prueba para la detección de la COVID-19. Esta debe tener una validez no mayor a 48 horas.
Esta medida aplicará, por ahora, para San Andrés, Providencia y Santa Catalina, hacia donde los vuelos se reanudaron este primero de septiembre desde el aeropuerto José María Córdova.
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Claudia Milena Cuéllar, directora (e) de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud dijo también que el usuario que no presente el resultado de la prueba o la presente positiva, no podrá ingresar a la aeronave.
Como consecuencia de esta determinación, las EPS deberán autorizar las pruebas de detección de COVID-19 a sus afiliados mayores de siete años, siempre y cuando estos presenten la solicitud adjuntando el comprobante de su viaje.
El pasajero asumirá el pago de la prueba. Y en caso de que el viajero sea diagnosticado con COVID-19 en la isla, el costo del proceso de aislamiento estará a su cargo.