La licencia del negocio Afirma la Inspectora 14A, Ahída Ladino, que la Curaduría Tercera, según el Plan de Ordenamiento Territorial vigente, determina que Zambia, ubicado en la carrera 25 N° 6A-90, está en un corredor de cobertura barrial. “Esto significa que está en la parte del barrio donde pueden confluir muchas actividades comerciales”, dice la Inspectora. Específicamente para este establecimiento, se otorgó el concepto de uso del suelo dentro de una categoría del POT que cobija a los consultorios y clínicas veterinarias, perreras, guarderías, y hogares de protección de animales. Además puede desarrollar la actividad de comercialización de materias primas pecuarias y comercio al por menor de animales vivos (insectos, mascotas, peces ornamentales, aves, perros, gatos, etcétera) y sus productos, pero no se permite la crianza. “Después de la visita de verificación se comprobó que la actividad que desarrolla el establecimiento Zambia, corresponde al permiso y se permite su ubicación en el sector. Además cumple con las normas sanitarias, de higiene y demás permisos comerciales de funcionamiento”, explica la inspectora Ladino, y agrega: “Es importante resaltar que el proceso no se ha archivado porque la Inspección va a hacer un seguimiento para verificar que el establecimiento cumpla con su actividad de guardería y spa de mascotas, como local comercial y no de clínica veterinaria, para lo que requiere un tipo de permiso diferente”. Los retiros Según una comunicación de Planeación Municipal, remitida en octubre a la Inspección 14A, “desde octubre de 1999 se aprobó la reducción del retiro de 15 a 10 metros para la construcción… el muro que separa la quebrada el Chocho del establecimiento ya se encontraba construido, debe ser conservado y es a partir de este desde donde se mide el retiro… Sin embargo, tanto el cerramiento realizado y las estructuras ubicadas sobre los 10 metros del retiro deben ser levantadas”. La Inspectora 14A afirma: “Este proceso está en trámite pero es más demorado, porque aún se espera que Planeación indique qué sitios están sobre el retiro y además el responsable tiene 60 días después de la notificación para hacer los ajustes exigidos”. Las mediciones de ruido en el limbo Alejandra Hoyos, de la Oficina Jurídica del Área Metropolitana informa que esa entidad no puede realizar mediciones a estos centros de atención de mascotas porque no está dentro de su competencia, ya que solo puede medir el ruido de establecimientos abiertos al público y empresas generadoras de ruido. Sin embargo, la inspectora Ahída Ladino asegura que el Área Metropolitana debe realizar la medición porque el spa de mascotas Zambia es un establecimiento comercial, como los bares y las discotecas, y debe intervenir porque el ruido está afectando a los residentes. “Hay que resaltar que en caso de que los ladridos superen los decibeles permitidos, se le exigirá a Zambia que instale más barreras acústicas o que busque otras alternativas si el ruido se genera al aire libre, de día. Además, si los residentes demuestran que los ladridos están afectando su salud, se solicitará la intervención de la Secretaría de Salud”, concluye la Inspectora 14A. |