Los afectados invocaron el derecho a la igualdad en relación con el decreto de congelación argumentando que en Las Palmas los negocios similares no estaban afectados por esa medida. Los fallos favorecieron el accionar de los funcionarios municipales porque, dijeron los jueces, el derecho al trabajo no es necesariamente fundamental (las tutelas proceden solo para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos), el debido proceso no se vulneró y la igualdad fue respetada pues a todos los del Mall Vial que incumplían las normas les aplicaron el cierre y en cuanto a la igualdad con los establecimientos de Las Palmas no se aplica porque estos negocios, los cerrados por el Municipio, empezaron a funcionar después de haberse expedido el decreto de congelación para nuevos locales con venta y consumo de licor.
Pasó tal como se suponía que iba a pasar y oportunamente informó Vivir en El Poblado hace poco más de un año: El Municipio siempre gana estos pleitos por orden de cierre, pero mientras eso pasa los negocios emproblemados siguen abiertos para malestar y perjuicio de los vecinos que imploran a las autoridades protección contra el ruido y el desorden (aunque no sea esa la causa final por la que se ejecuten los cierres).