Los dos lados de la hipoteca inversa

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En Colombia el 67 % de los propietarios de vivienda son mayores de 65 años. El 28 % de los adultos mayores tiene una pensión. Pensando en ese entorno, el Gobierno nacional anunció en semanas anteriores la implementación de la hipoteca inversa para personas mayores, un modelo que ya se aplica en EE.UU. o España.

El anuncio estuvo acompañado de polémica entre quienes consideran que es una buena medida y quienes la ven como una decisión contraproducente. Para Stephanie Rendón, abogada experta en temas inmobiliarios, “el Estado tiene una deuda enorme con esta población y ahora intenta taparla con esta medida; sin embargo lo hace en medio de una pandemia en la que este segmento es el de mayor riesgo”.

Por otro lado, el experto inmobiliario Carlos José Arango, propietario de Buscamos tu Casa, defiende el producto como una opción para aquellos adultos mayores que no tienen ingreso y que pueden tener la posibilidad de capitalizar su vivienda. “Es importante saber, en todo caso, que la hipoteca inversa aún no está regulada y que será opcional”, dice Arango.
Es de esperarse que el decreto sea publicado en algún momento del siguiente mes. “Es muy probable que el Gobierno esté esperando las reacciones de las personas para darle el toque final”, explica Rendón.

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De acuerdo con lo que se conoce del borrador, existirán tres clases de hipoteca inversa: de única disposición; de disposiciones periódicas temporales y de disposiciones periódicas vitalicias.

Para la abogada Rendón, uno de los grandes problemas de esta propuesta es que destapa la pobreza oculta que hay en el país: “hay gente que ‘parece’ pobre, pero tiene casa propia. Y aún así no tienen con qué comer”. Por otro lado, explica que cuando se constituye una hipoteca, se hace un seguro de vida, “en el modelo inverso se asegura la muerte del deudor”.

En una hipoteca inversa, quien presta el dinero (que en este caso pueden ser bancos, fondos de pensiones o aseguradoras), recibe el pago total una vez muera el deudor. “En ese momento, los herederos pueden decidir si entregan el inmueble como pago de la deuda o si la pagan para quedar a paz y salvo”, agrega Arango.

Sin embargo, entrar más en detalle es casi imposible hasta que se tenga el decreto definitivo. “Es una medida que pretende garantizar la calidad de vida de los mayores que no tienen una pensión o que su pensión es muy baja”, dice Carlos José Arango. Por su lado, Stephanie Rendón concluye que “esas personas deberían estar recibiendo pensión. Es una forma en la que el Estado esconde su negligencia”.

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