La jefe de Gerencia de regulación de Protección, Elizabeth Agudelo, explica los incentivos tributarios que permanecen para el ahorro, sea en fondos privados de pensiones o cesantías, tras la Ley de Financiamiento. Las mesadas pensionales que están gravadas son las que superan los 34 millones 270 mil pesos mensuales.
Ahorro voluntario en la pensión obligatoria
Este ahorro asociado a un aporte extra y voluntario, continúa con los beneficios de exoneración de la tributación de renta, siempre y cuando no se supere los 85 millones 697 mil 500 pesos al año (2.500 unidades de valor tributario) en aportes voluntarios, ni exceda el 25% de los ingresos. Con la Ley de financiamiento se incrementa la retención de 15% a 35% en caso de retirar ese dinero para fines diferentes a la pensión.
Aportes a fondos de pensiones voluntarias
En esta modalidad se mantienen los beneficios como venían funcionando desde 2016. Con un ahorro voluntario de hasta 130 millones de pesos hay renta exenta, siempre y cuando se tenga una permanencia mínima de 10 años. Este ahorro sirve para complementar la pensión y amortizar créditos de vivienda. Cuando se retira no tiene cobro del 4×1.000.
Cesantías
El principal cambio registrado tras la nueva Ley, es que las cesantías constituirán ingreso desde el momento que el empleador se las consigne al empleado o en el fondo de cesantías. Tendrán que ser declaradas, pero seguirán siendo renta exenta tras la declaración de la persona natural sometida al límite del 40%.