La tragedia del edificio Space fue el detonante para que surgiera esta norma que ofrece a los compradores un respaldo en caso de ser víctimas de una construcción fallida.
La caída de una de las seis torres del edificio Space, el 12 de octubre de 2013, marcó un punto de inflexión en la historia de la ingeniería nacional, con el agravante de que durante los seis años siguientes, otras nueve edificaciones en Medellín y municipios cercanos han reportado fallas en sus estructuras, además órdenes de evacuación y el reforzamiento de las estructuras en algunos de ellos.
Los afectados han sido los propietarios que perdieron bienes materiales y los ahorros de toda una vida, también los mismos constructores, implicados o no, pero que ven cómo los hechos ocurridos han minado la confianza de los compradores. Para proteger a unos y otros, y ofrecerle a la actividad constructiva un respaldo técnico, el Gobierno nacional sancionó en 2016 la Ley 1796 -conocida como de vivienda segura.
Sara María González Jaramillo, abogada especialista en derecho administrativo y socia de + Partners Abogados, firma asesora de empresas constructoras, señala que los compradores cuentan con el estatuto del consumidor -Ley 1480 de 2011-, que les da unos derechos al hacer su compra. Añade que la Ley de vivienda segura reforzó vacíos que la tragedia de Space descubrió, principalmente la necesidad de hacer una revisión más exhaustiva de los controles previos a la ejecución de la obra, y de ofrecerle al cliente un amparo patrimonial en caso de que algo ocurriera.
González Jaramillo los explicó de esta manera:
- Además del control urbano previo al otorgamiento de la licencia y de la verificación del cumplimiento del Plan de Ordenamiento Territorial, de las normas urbanísticas y técnicas vigentes en el momento, si el constructor que vaya a edificar mínimo cinco unidades inmobiliarias -casas, apartamentos, etcétera- con mínimo 2.000 metros de área total construida, tiene que contratar una revisión independiente de los diseños estructurales antes de comenzar la obra. Esta emitirá un certificado que debe ser cotejado por la Curaduría con su equipo técnico profesional.
- Durante la ejecución el constructor deberá tener un supervisor técnico independiente, diferente al curador, al diseñador y al revisor, que constatará que, en efecto, la obra es construida acorde a lo que le fue aprobado en la licencia.
- La ventaja para el comprador de vivienda nueva es que el constructor estará obligado a obtener, previo a la entrega, un certificado técnico de ocupación emitido por el supervisor técnico independiente, quien dará su aval o no para que la vivienda sea habitada. Este certificado es clave porque una vez sea expedido, comenzará a contar la garantía legal del inmueble.
- Otra obligación para el constructor es que si hay un daño estructural en el edificio, sea parcial o total, o una amenaza, deberá incluir una garantía de amparo patrimonial al comprador, que puede ser una póliza de seguro, un fideicomiso o una garantía bancaria.
Se trata de medidas que le brindan al comprador más garantías en su inversión cuando adquiere una vivienda nueva e incrementan la seguridad en las obras.
Por: Sebastián Aguirre Eastman / [email protected]