Estamos en plena temporada de declaraciones de renta, y como suele ocurrir cada año, los contribuyentes estamos reuniendo documentación, contactando nuestros contadores o explorando aplicaciones digitales que nos faciliten el cumplimiento de este deber ser que tenemos todos cuando cumplimos los topes ya establecidos; y, aunque hoy pueden ser más visibles por la temporada, se los recuerdo:
- Ingresos: $65.891.000.
- Compras con tarjeta de crédito, consignaciones recibidas: $65.891.000.
- Compras generales: $65.891.000.
- Patrimonio: $211.793.000.
En medio de este proceso, la plataforma de la DIAN puso a disposición un borrador de declaración, denominada Declaración de renta sugerida. Esta se construye a partir de la información que esta entidad recibe en el reporte de información exógena, presentado por los obligados, junto con los datos provenientes de documentos electrónicos. La pregunta clave es:
¿Qué significa realmente este reporte y por qué no debería asumirse como la verdad absoluta?
El reporte de información exógena es un informe que los obligados remiten con anterioridad a la temporada de declaraciones de renta persona natural, con datos detallados sobre las operaciones realizadas durante el año gravable, para este caso el año 2024. Allí se incluyen: saldos en las cuentas bancarias, inversiones, deudores, obligaciones por pagar, ingresos, retenciones en la fuente, impuesto a las ventas, avalúo catastral de los bienes inmuebles, entre otros datos, todos desagregados tercero a tercero. En otras palabras, se trata de una radiografía de las transacciones reportadas por distintos actores, pero solo a nivel de saldos.
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Aunque muchos contadores y empresarios se preguntan por qué mantener este requisito si gran parte de la información circula ya de manera electrónica, la DIAN lo sigue considerando un instrumento de control y cumplimiento; y es justamente allí donde surge un error común: asumir que la información exógena es la última palabra en la declaración de renta de personas naturales.
Como todo reporte masivo, la información exógena no está libre de errores: inconsistencias en la identificación de terceros, clasificaciones equivocadas, saldos imprecisos, transacciones duplicadas, incluso datos reportados en más de un concepto. Ante estas situaciones, es fundamental recordar que la verdadera base de una declaración de renta no está en un archivo construido y remitido por terceros, sino las transacciones reales efectuadas durante el año y los soportes que las respaldan.
Por eso, al momento de elaborar y presentar la declaración de renta queridas personas naturales, es fundamental estar acompañados de un profesional que los asesore y los oriente en el proceso. La información exógena debe entenderse como una base de referencia, nunca como una base definitiva. Ante cualquier novedad o imprecisión, lo recomendable es contactar a la entidad que realizó el reporte para solicitar su corrección. De lo contrario, la DIAN podría mantener como base, la información remitida por el tercero y a futuro, presentes inconsistencias. De allí la importancia de respaldar cada hecho económico del año con el soporte documental adecuado y una lectura de la realidad financiera del contribuyente.
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En últimas, la declaración de renta no es un simple trámite automático, sino una radiografía de la situación financiera que debe construirse con criterio, análisis y verificación. Solo así se convierte en un verdadero ejercicio de responsabilidad y planeación, y no en una simple aceptación pasiva de lo que aparece en pantalla.