¿Es erotismo o pornografía lo emitido en algunos canales de cable?

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Por ese motivo, considera, se le está violando su derecho como televidente y en principio, se estaría vulnerando el contrato con la empresa de cable, porque en ningún momento pactó este tipo de contenido en la parrilla de programación.

La visión de Une
“En primera instancia se deben definir los conceptos de pornografía y erotismo. El canal en cuestión está diseñado para la familia, donde es posible encontrar todo tipo de públicos; por lo tanto, durante el día pueden acceder a películas familiares y después de la medianoche, disfrutar de producciones estrictamente eróticas”, sostiene Mónica Fernanda Cadavid, de Une Telecomunicaciones. Adicional a esto, afirma, este tipo de programación no viola el acuerdo 017 de 1997 de la Comisión Nacional de Televisión, que regula el sexo y la violencia en la pantalla chica y estipula que la programación para adultos solo puede ser emitida de 12:00 a.m. a 5:00 a.m.

Así mismo, Cadavid explica que esta franja es erótica, porque los televidentes nunca se van a topar con primeros planos de penetraciones o de genitales y solo encuentran relaciones íntimas entre parejas, sin necesidad de recurrir a escenas que, considera la funcionaria, entren en el terreno de lo burdo y lo vulgar. “Son filmes soportados por un guión y una trama, entonces los actores no participan todo el tiempo en escenas de sexo. Además, en realidad los canales que presentan escenas explícitas de sexo solo pueden ser vistos siempre y cuando el cliente adquiera paquetes adicionales que figuran bajo la modalidad de pague por ver. Nuestra empresa no decide los contenidos de los canales internacionales, nosotros simplemente comercializamos los productos”, asegura Cadavid.

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Hablan los expertos
“Habría que mirar cuáles son las condiciones del contrato, si en este compromiso entre consumidor y empresa figura algún punto donde se estipule la prohibición expresa de transmitir material erótico”, dice Diana Montoya, experta en temas de televisión. Por eso, para ella, el material no tiene ningún tipo de relación con la pornografía.

También pone sobre el tapete el tema del pague por ver, pues este tipo de canales son comprados por aparte. Afirma que es difícil pretender que toda la programación sea de tipo educativa y cultural, pues la televisión es un reflejo del mundo actual, donde existe la democracia televisiva y en el que están sumergidas todo tipo de tendencias y propuestas.

Por su parte, cuando se interroga sobre el tema a Anselmiro Bañol, de la Asociación de Consumidores de Medellín, de inmediato cita al artículo 1602 del Código Civil: “Todos los contratos son ley para las partes y los contratos solo pueden invalidarse por su consentimiento mutuo o por causas legales”. Después de leer el Código, el especialista dice que en este caso pueden presentarse dos cosas: por un lado, bajo las condiciones de suscripción no se estableció la inclusión de ese canal y si con el usuario no se convino esa clase de material, entonces el operador estaría violando el contrato. De esa manera, Une estaría obligado a anular ese espacio en la parrilla de programación del televidente. No obstante, si el suscriptor asumió y aceptó las condiciones del contrato, a estas alturas es imposible suponer la violación del mismo.

La Comisión Nacional de Televisión
Vivir en El Poblado quiso escuchar la opinión de la Comisión sobre este asunto, pero allí argumentaron que era necesario enviar una solicitud por escrito y la respuesta podría llegar en los próximos 15 días hábiles. Sin embargo, el 14 de febrero pasado el organismo promulgó el Acuerdo 004, el cual es muy claro al decir que la presentación de material violento y con escenas de sexo, debe ser en horario nocturno, pero no hay injerencia en canales internacionales que cuentan con otros órganos de control en sus países de origen.

 
 
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