En el punto de mira

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Discotecas 
En el punto de mira
Aunque se avanza en protocolos de emergencias, aún la norma que regula bares y discotecas no es muy exigente

“En el caso de que se presentara una emergencia en un establecimiento nocturno, lo más probable sería una posibilidad de incendio por el material con que están construidas la mayoría de las discotecas, ya que tiene un punto de infusión muy alto. El mayor riesgo sería una sofocación, si no se cuentan con óptimas medidas de seguridad como señalización y buenas rutas de evacuación”, dice Juan David Pérez, coordinador de Gestión del Riesgo de Eventos y Espectáculos, del Departamento Administrativo de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres (Dagred).

La tragedia sucedida en la ciudad de Santa María, al sur de Brasil, el pasado mes de enero, en la que murieron cerca de 240 personas a causa de un incendio que se propagó dentro de una discoteca, alertó a las autoridades municipales en cuanto a la seguridad y los planes de emergencia en establecimientos de entretenimiento nocturno de Medellín.

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A raíz de este campanazo de alerta, desde hace pocos días entidades como el Dagred, grupos de bomberos y Secretaría de Gobierno, a través de programas como Rumba Segura, están interviniendo en algunos de los 146 establecimientos nocturnos de la comuna 14 que están adscritos al programa de gobierno y cuentan con extensión de horario.

Aunque en Medellín desde hace varios años se adoptan protocolos de seguridad, liderados por la autoridad municipal y empresarios de la noche, la norma no es muy explícita para las discotecas en cuando a los planes de emergencia. Según las fuentes consultadas, la ley 232 de 1995, que regula el funcionamiento de establecimientos comerciales, plantea como requisitos normas básicas de seguridad, pero no contiene nada concreto en cuanto a los planes de emergencia; por ejemplo, el número de extintores o las salidas de emergencia con especificaciones técnicas no están estipulados dentro de los requerimientos. En la mayoría de los casos, los establecimientos tienen sus propios protocolos de atención de emergencias, pero estos, según muchos visitantes de lugares nocturnos, no se cumplen a la perfección.

Años atrás uno de los requisitos para la apertura de negocios nocturnos era el certificado de Bomberos, entidad que entregaba una serie de exigencias relacionadas con la prevención y atención de emergencias (ley 322 de 1996). Pero esto fue abolido por la ley antitrámites. “Hoy en día las normas son más laxas, no son exigibles como requisito. Dependiendo de la capacidad de aforo de los lugares, los bomberos dan recomendaciones y se guían por normas internacionales que regulan la materia. Cuando se hacen recomendaciones de poner extintores, hacer mejoras de infraestructura, mejorar la señalización de las rutas de evacuación, los inspectores son los encargados de revisar si esto se cumple”, expresa el funcionario del Dagred. “Uno de los aspectos más frecuentes cuando se realizan las visitas es la actitud de los clientes en el manejo del espacio interior, ya que generalmente las rutas y corredores de evacuación son obstruidas durante la rumba”, concluye.

José Hermes Pineda, inspector 14 B de El Poblado, expresa que “la ley 232, reguladora de los establecimientos abiertos al público, no contempla nada en cuanto a la seguridad y planes de emergencia, por lo tanto no se pueden sancionar los sitios. Lo que se hace es que autoridades como los bomberos entregan recomendaciones, que no son obligatorias”.

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La Federación de Comerciantes por la Noche, Fedecon, que asocia a los principales sitios de rumba en sectores como Barrio Colombia, Las Palmas y la 33, entre otros, expresa que continuamente realizan recorridos por las zonas y se reúnen con propietarios y administradores para garantizar los planes de emergencias y la seguridad de los asistentes.

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