Alcaldía de Medellín ahora informa que domiciliarios no podrán circular en el toque de queda

Por: Juan Pablo Tettay De Fex
8 mayo, 2020
Domicilios Toque de Queda

A pesar de que el jueves 7 de mayo funcionarios de la Alcaldía de Medellín habían dicho que los domiciliarios podrían circular durante el toque de queda, este viernes 8 confirmaron que esa actividad también quedó restringida.

El toque de queda se dividirá en dos momentos: el primero iniciará este sábado 9 de mayo a las 7:00 de la noche e irá hasta el domingo 10 de mayo a las 5:00 de la mañana, y el segundo comenzará el mismo domingo a las 7:00 de la noche y culminará el lunes 11 de mayo a las 3:00 de la mañana.

Funcionarios de la Alcaldía anunciaron este jueves 7 de mayo que habría vía libre para los domicilarios durante el toque de queda. Un día después indicaron lo contrario.
Funcionarios de la Alcaldía anunciaron este jueves 7 de mayo que habría vía libre para los domiciliarios durante el toque de queda. Un día después indicaron lo contrario.

El decreto 540 del 7 de mayo de 2020 que establece la ley seca y el toque de queda durante el fin de semana de madres establece que durante el toque de queda solo podrán circular personas que hagan parte de las siguiente actividades:

  • Asistencia y prestación de servicios de salud y su cadena de suministros y de mantenimiento.
  • Medicamentos  y productos farmacéuticos y su distribución.
  • Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
  • Labores de organismos internacionales humanitarios y de salud.
  • Actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas la emergencias veterinarias.
  • Servicios funerarios.
  • Actividades de la Fuerza Militar, Policía y organismos de seguridad del Estado.
  • Funcionamiento de redes de comunicación y sistemas computacionales.
  • Centros de llamadas.
  • Servicios de vigilancia y seguridad privada.
  • Servicio de aseo en edificaciones públicas y zonas comunes de edificaciones en las que se desarrollen actividades citadas en el artículo.
  • Servicios públicos.
  • Servicios postales y de medios de comunicación.
  • Mantenimientos indispensables de empresas o minas.
  • Comercio al por menor de combustible.
  • Comisarías de familia e inspecciones de policía y los usuarios de esta.

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Las demás actividades consignadas en los decretos 593 y 636 de 2020 solo podrán ejercerse en los horarios no sujetos a toque de queda, incluyendo restaurantes y domiciliarios.

Juan Carlos Jaramillo, director del Tour Gastronómico, expresó su desconsuelo ante la noticia: “además de que es ley seca, no nos van a dejar trabajar durante el toque de queda. Estamos trabajando en diálogos con la Alcaldía para lograr una excepción pues el golpe es duro para el sector de la gastronomía”.

Por otro lado, el municipio de Envigado confirmó que en su jurisdicción los restaurantes podrán funcionar con servicios a domicilio y la cadena de abastecimiento podrá funcionar con normalidad según el Pico y Cédula, lo que permitirá generar ingresos a los comerciantes que han sido fuertemente golpeados durante esta pandemia.

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