Por considerar que la pesca deportiva constituye una forma de maltrato animal, esta práctica quedó prohibida en un auto de la Corte Constitucional de Colombia.
La pesca deportiva es un ejercicio que consiste en atrapar al pez, generalmente con un anzuelo, y luego dejarlo en libertad.
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De esta forma, la pesca deportiva no podrá realizarse en el país. Con este pronunciamiento, la Corte Constitucional tumbó las normas que regulaban esta práctica.
Las bases de la sentencia
La sentencia de la Corte Constitucional concluye que “la pesca puede ser artesanal, industrial, de subsistencia, científica, de control o de fomento. Pero no deportiva”.
La sentencia se originó tras una ponencia de la magistrada Diana Fajardo, quien argumentó:
- Que esa práctica va en contravía de lo que los abogados llaman el principio de precaución.
- Que la pesca deportiva podría considerarse una forma de maltrato animal, que está prohibido en Colombia.
En un comunicado, el alto tribunal explica que llegó a esa conclusión porque “si bien no existe consenso acerca de si los peces son seres sintientes, lo cierto es que en virtud del principio de precaución, de acuerdo con el cual, aun en ausencia de certeza científica en torno a un daño o su magnitud, cuando existen elementos que preliminarmente permiten evidenciar el riesgo de que se produzca un daño al ambiente producido por una actividad determinada, resulta necesaria la intervención del Estado a efectos de evitar la degradación del medio ambiente”.
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La sentencia de la Corte al respecto también consigna: “La finalidad recreativa de la pesca deportiva vulnera la prohibición de maltrato animal derivada de los mandatos de protección al medio ambiente y no tiene sustento en las excepciones al maltrato animal avaladas constitucionalmente por razones religiosas, alimentarias, culturales o científicas”.
Finalmente, con este pronunciamiento de la Sala Plena de la Corte Constitucional, se tumbó un artículo de una ley y otro de un decreto ley que regulaban a la pesca deportiva en Colombia. Sin embargo, advierte la Corte, que los efectos de esta sentencia solo estarán en firme dentro de un año.