“Restríngese el expendio, la venta, porte o el consumo de bebidas alcohólicas en las vías y parques públicos comprendidos entre las carreras 36 a la 42 y entre la quebrada La Presidenta y la calle 10A”, dice un nuevo decreto de la Alcaldía de Medellín. El sector aquí delimitado es básicamente el conocido como Zona Rosa, es decir, el Lleras y sus alrededores. El Parque de El Poblado está por fuera de esta delimitación.
Dice más adelante que también quedan aquí incluidas las zonas de espacio público “adyacentes, anexas o colindantes a los inmuebles ubicados en el sector antes delimitado, donde funcionen estanquillos, distruibuidoras de bebidas alcohólicas, licoreras o cigarrerías”.
Ahora bien, como hace un par de años se intentó algo así y la cosa se empantanó en la definición de las bebidas alcohólicas (entonces las cervezas y los cocteles no eran parte de esta categoría), el decreto de marras dice que con la expresión bebidas alcohólicas se entienden ahora “todo género de licores, la cerveza y en general las bebidas que tengan 2.5 grados o más de alcohol”.
¿Esto que quiere decir? Pues en buen romance aquí dice que no se puede tomar cerveza en las bancas del Lleras ni en las calles aledañas, ni en los muros de los antejardines, etcétera, como sucede en la actualidad.
Este decreto está vigente desde el pasado 27 de julio y dice al final que “el infractor será obligado al cumplimiento de la orden por la fuerza si a ello hubiere lugar”.
Quedan advertidos.