Algunas personas han manifestado su inconformidad porque creen que la pantalla, más que un servicio de información de carácter público, es una valla de tipo publicitario, pieza que la Ley 140 de 1994 prohíbe instalar en sitios públicos, como es el parque de El Poblado. Juan David Penagos, Gerente Comercial de Publik, afirma que la pantalla está instalada en el parque porque es una actualización tecnológica del reloj que durante 30 años tuvo la misma empresa en ese punto, y que por eso cuenta con el permiso de la Alcaldía.
Al respecto, Liliana Vásquez, encargada de comunicaciones del Municipio y de enviar los mensajes institucionales que la Alcaldía pasa por la pantalla, dice que la misma no se considera como una valla sino como un reloj urbano, coincidiendo entonces con lo expresado por Publik.
Penagos resalta las bondades que según él tiene la pantalla para la ciudadanía, y afirma que más que una valla debería considerarse como un medio a través del cual se puede generar conciencia ciudadana. Aclara, eso sí, que la parte comercial es indispensable para que la pantalla sea viable económicamente.