Lo que debe saber sobre coeficientes de copropiedad

- Publicidad -
     
   
     
  Los coeficientes de copropiedad en los edificios o conjuntos constituidos con posterioridad a la Ley 675 o Régimen de Propiedad Horizonal, se determinan para las propiedades destinadas a vivienda. Dice el artículo 26 de esa ley: “Los coeficientes de copropiedad se calcularán con base en el área privada construida de cada bien de dominio particular, con respecto al área total privada del edificio o conjunto. El área privada libre se determinará de manera expresa en el reglamento de propiedad horizontal, en proporción al área privada construida, indicando los factores de ponderación utilizados. Para calcular el coeficiente de copropiedad de parqueaderos y depósitos, se podrán ponderar los factores de área privada y destinación. En cambio para los edificios o conjuntos de uso mixto y en los conjuntos comerciales, los coeficientes de copropiedad se calculan de acuerdo con un valor inicial que represente una ponderación objetiva entre el área privada y la destinación y características de los mismos. Los reglamentos de propiedad horizontal deberán expresar en forma clara y precisa los criterios de ponderación para la determinación de los coeficientes de copropiedad”.

Votos y zonas comunes
Los coeficientes determinan qué parte de las zonas comunes le pertenece a los propietarios en común y pro indiviso, es decir que son de todos y que es imposible su división; también la participación en las expensas comunes y en especial, el derecho al voto que tiene cada propietario durante las asambleas. Sobre las votaciones, hay que tener en cuenta la sentencia de la Corte Constitucional C522 de 2002, que establece que en las copropiedades destinadas a vivienda, excluyendo las mixtas y las comerciales o con otro tipo de destinación, el voto de cada propietario equivaldrá a una unidad, por cada bien privado, para decisiones no económicas como la elección del consejo de administración y la reglamentación del uso de los bienes comunes. Para aprobar cuotas extras y decisiones relacionadas con la vida económica de la copropiedad, las decisiones se toman por coeficientes.
Según Diego Restrepo, especialista en derecho inmobiliario, “normalmente los administradores no tienen en cuenta esta sentencia o no determinan el coeficiente de copropiedad, o lo tienen en cuenta para cualquier decisión, lo cual podría invalidar las decisiones”.

 
 
- Publicidad -

Más notas

- Publicidad -

Más noticias

- Publicidad -