En primer lugar, es fundamental que se respeten los derechos humanos y las libertades fundamentales. Ninguna ley o decreto emitido durante esta medida podrá suspender estos derechos, y todas las acciones deben ajustarse al derecho internacional humanitario.
Además, los decretos que se emitan deben estar firmados por el presidente y por todos sus ministros, y deben estar estrictamente relacionados con la situación que originó la declaración del estado de excepción. En otras palabras, las decisiones tomadas deben estar directamente vinculadas a la crisis que justificó la medida.
Por último, el estado de conmoción interior no puede interrumpir el funcionamiento normal de las tres ramas del poder público ni de los órganos del Estado, asegurando así que se mantenga la estructura y el equilibrio institucional.
La declaratoria de conmoción interior y emergencia económica anunciada por el presidente Gustavo Petro Urrego, en respuesta a la grave crisis humanitaria y de seguridad en el Catatumbo, enfrenta un escrutinio jurídico que podría determinar su futuro.
Tal y como lo explican analistas de la Universidad de Medellín, la Corte Constitucional deberá evaluar si las condiciones de esta medida, que sería aplicada por primera vez desde 2008, cumple con los estrictos criterios de proporcionalidad y necesidad establecidos en la Constitución.
La región del Catatumbo, epicentro de enfrentamientos entre el ELN, disidencias de las FARC y otros grupos armados, ha sufrido en la última semana un recrudecimiento de la violencia que deja más de 100 muertos, cerca de 20.000 desplazamientos, además de ataques selectivos a exfirmantes de paz.
“La región refleja el fracaso del Estado en atender las alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo, lo que agravó una situación de violencia que lleva décadas reciclando actores y dinámicas alrededor de la economía ilegal de la coca”, explica Gabriel Ruiz, coordinador de la Maestría en Conflicto y Paz de la Universidad de Medellín.
Este análisis coincide con lo señalado este martes por el presidente Gustavo Petro, quien calificó la situación del Catatumbo, Norte de Santander, como un “fracaso de la Nación”.
El mandatario indicó que faltó información para detectar la manera cómo el ELN trasladó su fuerza militar y de combate desde el departamento de Arauca hasta Norte de Santander sin que los organismos de inteligencia del Estado y la fuerza pública lo hubieran detectado.
Sin embargo, el docente universitario precisó que entre el 14 y el 18 de noviembre de 2024, la Defensoría del Pueblo emitió una alerta temprana sobre el accionar del ELN en el Catatumbo, el avance del frente 33 de las disidencias de las FARC y la presencia de reductos del EPL tratando de reorganizarse.
“Es evidente que la alerta no fue atendida; el Ministro de Defensa (Iván Velásquez Gómez) dijo que la alerta no avisaba lo del riesgo a la población civil pero en realidad no es así porque la alerta sí que lo hace de manera explícita”, agregó el coordinador de la Maestría en Conflicto y Paz de la Universidad de Medellín.
Futuro de la medida excepcional
En el mismo sentido, David Mendieta, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Medellín, explicó que la conmoción interior es una figura excepcional que otorga al Ejecutivo facultades extraordinarias, pero bajo un control estricto de la Corte Constitucional.
“El decreto de declaratoria y los decretos legislativos emitidos en su marco tienen un control automático, pero posterior. Esto significa que, mientras la Corte decide, la medida estará vigente, aunque es altamente probable que sea declarada inconstitucional”, señaló.
Mendieta recordó que esta figura, regulada en el artículo 213 de la Constitución, ha sido utilizada ocho veces desde 1991, pero con importantes cuestionamientos: “La última vez que la conmoción interior fue declarada constitucional fue en 2002, bajo el gobierno de Álvaro Uribe, durante la ‘Operación Orión‘. Desde entonces, la Corte ha aplicado un estándar muy riguroso. En este caso, aunque la situación en el Catatumbo es grave, no parece cumplir con los requisitos de amenaza al orden constitucional”, añadió.
Y es que la crisis en el Catatumbo pone de manifiesto el reto de abordar las dinámicas de violencia en una región históricamente marcada por el abandono estatal y el conflicto armado.
Según Ruiz, “la solución de fondo pasa por enfrentar el problema estructural del negocio de la coca y su regulación a nivel global. Mientras tanto, el gobierno necesita articular respuestas más efectivas frente a las nuevas modalidades de violencia, como los ataques selectivos del ELN”.
La declaratoria de conmoción interior busca dotar al presidente Petro de herramientas para atender la emergencia, pero enfrenta críticas por los riesgos que implican para la separación de poderes y los derechos fundamentales.
“Esta medida otorga poderes amplísimos al Ejecutivo, incluyendo la suspensión de leyes y la emisión de decretos con fuerza de ley, lo que puede desequilibrar el sistema democrático”, advirtió Mendieta.
Con el decreto de conmoción interior vigente, la Corte Constitucional tendrá la última palabra sobre su viabilidad jurídica en los próximos meses. Mientras tanto, la comunidad nacional e internacional observa con preocupación la escalada de violencia en el Catatumbo y las respuestas del Estado colombiano.
La decisión de la Corte será clave para definir no solo el alcance de esta medida, sino también el rumbo del gobierno en su manejo de la crisis humanitaria y de seguridad que enfrenta el país.
Información: Universidad de Medellín y Canal Institucional (EBP)