El domingo 25 de mayo los colombianos irán a las urnas para elegir a presidente y vicepresidente de la República para el período constitucional 2014-2018.
En la contienda electoral toman parte cinco partidos o movimientos políticos que inscribieron sus candidatos: por el Partido Conservador Colombiano participa como candidata a la presidencia Martha Lucía Ramírez y su fórmula vicepresidencial es Camilo Alberto Gómez; la Coalición Unidad Nacional, conformada por los partidos Liberal Colombiano, Partido de la U y Cambio Radical, tiene como candidato al presidente Juan Manuel Santos, con Germán Vargas Lleras como fórmula; el Partido Alianza Verde propone como candidato presidencial a Enrique Peñalosa y como fórmula a Isabel Segovia; el Centro Democrático cuenta con Óscar Iván Zuluaga como candidato presidencial y su fórmula es Carlos Holmes Trujillo, y la coalición Polo Democrático-Unión Patriótica, presenta como candidata presidencial a Clara López y a Aida Avella como coequipera.
De acuerdo con el artículo 190 de la Constitución Política de Colombia, “el Presidente de la República será elegido para un período de cuatro años, por la mitad más uno de los votos que, de manera secreta y directa, depositen los ciudadanos en la fecha y con las formalidades que determine la ley. Si ningún candidato obtiene dicha mayoría, se celebrará una nueva votación que tendrá lugar tres semanas más tarde, en la que sólo participarán los dos candidatos que hubieren obtenido las más altas votaciones”.
Una vez celebrada la segunda vuelta de elecciones presidenciales, en caso de haberla, será declarado presidente el candidato que obtenga el mayor número de votos. Los ciudadanos que por cualquier motivo no puedan acudir a las urnas el 25 de mayo, lo podrán hacer durante la eventual segunda vuelta presidencial, programada para el 15 de junio, siempre y cuando hagan parte del censo electoral. El presidente y vicepresidente de la República elegidos en estos comicios, se posesionarán el 7 de agosto de 2014.
El voto en blanco
Una opción más en estas elecciones es el voto en blanco. De acuerdo con la Corte Constitucional, el voto en blanco “es una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos”. Dos preguntas surgen entonces en relación con el voto en blanco en estas elecciones presidenciales: ¿Qué pasa si gana el voto en blanco por mayoría absoluta, es decir cuando supera el cincuenta por ciento más uno de los votos válidos, en la primera vuelta? Señala la Registraduría Nacional del Estado Civil que la inscripción de candidatos para la nueva elección se realizaría dentro de los diez (10) días calendario “contados a partir del día siguiente a la declaratoria de resultados por la correspondiente autoridad escrutadora”, y por ser elecciones unipersonales no podrían presentarse los mismos candidatos. Ahora, ¿qué pasaría si el voto en blanco gana de nuevo? En este caso quedaría como ganador el candidato que alcanzó la mayoría de votos válidos en el certamen electoral. Los votos en blanco no se suman al candidato que obtenga la mayor votación en las elecciones, se contabilizan de manera independiente y son válidos, a diferencia de las tarjetas no marcadas y los votos nulos.