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La Secretaría de Salud informa que entre noviembre de 2007 y febrero de 2008, se evidenció un mejoramiento de los análisis de calidad del agua, pues ha habido una disminución entre los análisis del año pasado, periodo marzo y octubre, donde el promedio de las piscinas que incumplían en cuanto a parámetros fisicoquímicos, era de 60% y hoy es de 52%. Pero la Secretaría de Salud recuerda y convoca a propietarios y administradores que se ajusten a lo establecido en la normatividad sanitaria que busca fundamentalmente proteger la salud y vida de la población que acude a estos tipos de establecimientos e igualmente recuerda que su incumplimiento puede generar sanciones de conformidad con la Ley 09 de 1979. Los requisitos de funcionamiento para las piscinas son: cerramiento de las piscinas a una altura mínima de 1.20 metros; construcción de sistemas de lava pies y duchas al ingreso; sistema de registro de usuarios y de análisis de laboratorio; instalación de sistemas de alarma; prohibición de cafeterías, bares y similares al interior de las piscinas; establecer barreras o separaciones físicas para aquellas piscinas que tienen comunicadas el área de niños con la de adultos. |
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Mas informacion: | ||
No a la mala higiene en las piscinas (Edición 354) | ||
Control exhaustivo en las piscinas de El Poblado (Edición 355) | ||
Es de carácter obligatorio (Edición 356). | ||
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