No habrá pico y placa durante Semana Santa

La medida se suspenderá el lunes 30 de marzo, martes 31 de marzo y miércoles 1 de abril. A partir del lunes 6 de abril de 2026, la medida retorna a la normalidad, con la misma secuencia numérica vigente de este primer semestre de 2026.
Por: Redacción
26 marzo, 2026
pico y placa movilidad tráfico tránsito
La secuencia numérica que se adopta para reiniciar la restricción es la misma de este primer semestre de 2026, es decir, desde el lunes de Pascua (6 de abril) empezará para los carros con placas que terminen en 1 y 7. (Foto Alcaldía de Medellín)

La Alcaldía de Medellín anunció, a través de un decreto, la suspensión temporal del pico y placa en la ciudad, entre el lunes 30 de marzo y el miércoles 1 de abril de 2026 por motivo de la Semana Santa. Cabe destacar que el jueves 2 de abril y viernes 3 de abril tampoco hay pico y placa por ser días festivos.

“La medida retomará su vigencia habitual el lunes 6 de abril de 2026, con la misma secuencia numérica del primer semestre del año y sin periodo pedagógico. Recordamos que el horario de aplicación será entre las 5:00 de la mañana y las 8:00 de la noche. Invitamos a la ciudadanía a programar sus desplazamientos y a mantener comportamientos responsables en las vías”, aseguró el secretario de Movilidad, Pablo Ruiz.

La secuencia numérica que se adopta para reiniciar la restricción es la misma de este primer semestre de 2026, es decir, se prohíbe la circulación entre las 5:00 a. m. y 8:00 p. m. a vehículos con placas terminadas en: Lunes (1 y 7), martes (0 y 3), miércoles (4 y 6), jueves (5 y 9) y viernes (2 y 8). En el caso de las motocicletas aplica la misma restricción, pero con el primer número de la placa.

Las vías exentas de pico y placa son la conexión regional y nacional: la Avenida Regional, Las Palmas y la vía a Occidente. También, siguen exentos los corregimientos y las conexiones de la avenida 33 y la calle 10. En todas las vías de los barrios se aplicará de igual manera.

La avenida Regional y la Autopista Sur, en sus tramos en jurisdicción de Bello e Itagüí, no están exentas por decisiones autónomas de sus administraciones municipales.

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