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Que ya se hubieran realizado muchas de las asambleas de los copropietarios de las urbanizaciones, fue el motivo más importante para modificar el Decreto Municipal 0398 de 2007, pues varias de las urbanizaciones enviaron cartas que solicitaban ampliar el plazo y así considerar dentro del presupuesto la norma por el control y la vigilancia de las piscinas, dijo Raúl Alberto Rojas, Coordinador de Vigilancia y Control de la Secretaría de Salud.
Consciencia personal de aseo La Secretaría de Salud, entidad que se encuentra desarrollando el proceso de evaluación y asesoría, encontró que el 84% de las piscinas no utiliza la cantidad de cloro necesario para garantizar la desinfección del agua; en el 43% encontraron bacterias coliformes; en el 13% existe contaminación por materia fecal; en el 90% de los vestieres, duchas, bordes de piscinas, entre otros, encontraron hongos, el 6% de estos con características patógenas que pueden causar daño a la salud. Las bacterias coliformes salen vía rectal, la principal causa para que esto se presente es el inadecuado aseo de las personas, los malos hábitos higiénicos que producen problemas de alergias, de intoxicación alimentaria, y de hongos en la piel, informa Raúl Alberto Rojas. En este sentido la invitación no es solo para que las administraciones se acojan a la normatividad que implica hacer un uso óptimo del cloro, adecuar los cerramientos e instalar un sistema de alarma, entre otras, sino también para que las personas que utilizan la piscina, sean conscientes de la importancia del aseo personal por el bien y el respeto común. “Asegurar la calidad de vida de las personas que pretenden alcanzar bienestar físico y mental, es el objetivo de la inspección y asesoría que hacemos a las piscinas, por eso la aplicación de la nueva norma de calidad del agua, de lo contrario una piscina no tendría razón de existir, se trata de prevenir enfermedades y promocionar la salud,” comenta Raúl Alberto Rojas.
La costumbre, la mejor norma Las administraciones que no cumplan después de la primera visita en la que se puntualizan ciertos requerimientos en pro de la calidad del agua y la seguridad de sus usuarios, pasarán a proceso sancionatorio por no haber acatado los puntos en los que se asesoró y se exigió un buen uso de las piscinas. Las multas oscilan entre 1 y 10 mil salarios mínimos diarios legales vigentes, la Secretaria de Salud de conformidad con la Ley 979 puede aplicar sanciones hasta por 145 millones de pesos. El Decreto es una orden municipal, gracias a la Ley 9 de 1979 que establece que las piscinas son objeto de inspección, vigilancia y control, más el Decreto 3.751 de 1993 que instaura la obligatoriedad para la autoridad sanitaria de tener un programa de saneamiento y control de las piscinas que por fin esta Alcaldía desarrolló mediante el Decreto 398 de 2007.
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