Marihuana en hostales afecta a vecinos

La contradictoria laxitud de las normas sobre consumo de drogas en espacios públicos y negocios propicia problemas de convivencia de no tan clara solución. Yerba y turistas, en el ojo del huracán.

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Yésica es auxiliar administrativa de una IPS con sede en Manila, donde se atiende a pacientes con problemas de apnea del sueño o que necesitan distintas terapias con oxígeno. En el último consejo de convivencia convocado por la Corporación Barrio Manila, a mediados de este mes, en presencia de gestores locales de distintos despachos y efectivos de la Policía, expuso lo que considera una situación desesperante.

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“Tenemos un hostal al lado, con balcones. Al parecer, los administradores de ese negocio son muy permisivos con el consumo de drogas. Allí salen los turistas a fumar marihuana a cualquier hora. El olor es muy intenso y eso nos tiene perjudicados a los trabajadores y a los pacientes que nos visitan. Y no lo digo solamente por nosotros, es toda la comunidad del barrio la que se está viendo afectada”.

22 kilos de marihuana ha incautado la Policía en El Poblado, en lo que va del año.

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En la misma reunión se escucharon otros reclamos similares, con extranjeros y nacionales consumiendo en parques y otros espacios públicos. “Como en tantos casos de convivencia, el tema parte de la flagrancia, de la oportunidad en que se denuncia el hecho. Yo recomiendo reunir evidencia, reportar en tiempo real al cuadrante de Policía y en los chats de vecinos”, explicó Alejandro Araque, de la subsecretaría de Gobierno Local y Convivencia.

20 gramos de marihuana hacen una dosis personal, según la norma.

Igual sugerencia hizo el mayor Yesid Ladino, comandante de la Policía en El Poblado. “Es importante que nos llamen, pero tenemos límites de ley; si están consumiendo en espacio público, por ejemplo, en un parque, lo más que podemos hacer es retirarlos. Si tienen más de las cantidades de droga permitidas como dosis personal, algo más se puede hacer, pero a nadie se le puede poner comparendo por consumir en parques”.

De acuerdo con el Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), consumir alucinógenos en espacios públicos es una conducta sancionada, pero dos fallos de 2019 de la Corte Constitucional excluyeron a los parques de dichos ámbitos, lo que terminó sumiendo el asunto en una suerte de limbo en el que las autoridades cortan por lo sano: no se hacen más comparendos por fumar hierba en público.

253 y 489 de 2019 son dos sentencias de la Corte Constitucional que permiten el consumo en algunos espacios públicos.

En lo que sí hay claridad en la norma, aunque poco se aplica, es con el consumo dentro de establecimientos públicos, como podría ser un hostal. “El artículo 139 del mismo código dice que permitir esa conducta va contra la actividad económica. Causa comparendos, multas y suspensión temporal del negocio, pero vuelve el tema de la flagrancia. Muy poco se puede hacer si no se sorprende en el acto”, puntualizó Alejandro Araque.

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TEMEN AL COMPARENDO

 “Al extranjero que se le aplique comparendo o multa por cualquier conducta, como el consumo ilegal de sustancias prohibidas, le quedan anotaciones que a futuro le pueden dañar su estatus migratorio. Podría afectar su eventual solicitud de visa de residente e incluso puede ser causal de deportación o expulsión del país”, aseguró Carlos Galvis, de Migración Colombia, citando el Decreto 1067 de 2015

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