Ley seca por plebiscito del domingo 2 de octubre

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Se prohibirá la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 de la tarde del sábado primero de octubre hasta las 6:00 de la mañana del lunes 3 de octubre.
 
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Por Ricardo Madrid
 

La Presidencia de la República, mediante el decreto 1391 de 2016, dictó las disposiciones generales para la votación del plebiscito por la paz el próximo 2 de octubre. En el artículo 10, sobre la ley seca, se prohibió la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 de la tarde del 1 de octubre hasta las 6 de la mañana del 3 de octubre.

Pese a que Fenalco Antioquia había hecho la solicitud de aplazar el comienzo de la prohibición del consumo de licor para la medianoche, ni la Alcaldía de Medellín ni otra autoridad pueden modificar el decreto presidencial.

En el artículo 11, el decreto prohíbe el porte de armas en todo el territorio nacional desde el viernes 30 de septiembre hasta el miércoles 5 de octubre.

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Durante el plebiscito no podrán usarse teléfonos celulares en los centros de votación, que estarán disponibles desde las 8:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde.

Así mismo, la Alcaldía de Envigado informó que la medida se adoptó para su municipio conforme a lo determinado por el Gobierno Nacional.

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