Las sanciones

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Las sanciones

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De la edición impresa (Edición 307)

El Código Nacional de Tránsito Terrestre establece que “está prohibido estacionar vehículos sobre andenes, zonas verdes o sobre espacio público destinado para peatones, recreación o conservación”, como son los antejardines, parques y plazas. Por esta razón, el conductor que estacione un vehículo en sitio prohibido será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes, que en la actualidad son $190.800 más, en caso de ser necesaria su utilización, $60.000 de grúa y $13.000 por cada día de parqueadero.


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