Los Ángeles puso acción popular por supuesto daño ambiental

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La comunidad denuncia
Para evaluar el impacto de los proyectos urbanísticos, algunos miembros de Los Ángeles contrataron un estudio técnico con la firma Ambientalmente. Este estudio afirma que el lote está en una zona de recarga de acuíferos, donde la vegetación filtra las aguas lluvias y hay una gran cantidad de aguas que alimentan una red hídrica. Dice el estudio:

1. “Como esta es una zona de recarga de acuíferos no se puede hacer una construcción de las dimensiones de los proyectos (…). La Ley 99 de 1993, define claramente que las zonas de páramos, subpáramos y las zonas de recarga de acuíferos tiene que gozar de una protección especial. Además las excavaciones para los cimientos y sótanos terminarán por secar las afloraciones de agua que surten las quebradas más abajo”, afirma el abogado Julio Enrique González, experto en derecho ambiental, que representa a la comunidad en la acción popular.
2. En el informe técnico contratado, un biólogo experto en avifauna identificó 28 especies de aves, entre las cuales había una población de guacharacas que estaría en peligro de desaparecer con la construcción “porque esta especie necesita un tipo de vegetación que está siendo talada de manera indiscriminada”, dice el informe.
3. “La quebrada La Escopetería que pasa por el lote fue desviada por los constructores, sin autorización del Área Metropolitana”, asegura el abogado González.

Área Metropolitana vigila
María Victoria Vélez, abogada del Área Metropolitana afirma que la entidad realizó varias visitas de control y seguimiento al sector, y con base en estos diagnósticos aclara varios aspectos:

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1. Después de la revisión técnica, el Área Metropolitana concluyó que “el terreno no es un ecosistema estratégico, que requiera una protección especial. Al igual que la zona alta de El Poblado, es una zona recarga hídrica, con afloramientos de aguas superficiales, pero no hay nacimientos de aguas”.
2. El lote no es un terreno de reserva ambiental del municipio. El POT define que el sector es urbanizable, y este aval fue confirmado por Planeación, asegura la abogada Vélez.
3. El Área Metropolitana inició un proceso de requerimiento a los constructores por “la posible desviación de la quebrada La Escopetería, radicado en diciembre de 2006”. El cual está en una investigación preliminar.
4. La entidad ambiental reconoce la presencia de guacharacas asociadas a la flora del sector, pero asegura que con la construcción no se producirá la extinción de estas especies sino su desplazamiento.

El Área Metropolitana concluye que los constructores presentaron los estudios hidrológicos e hidráulicos para cumplir con el manejo de cauces, y un plan paisajístico que indica cómo va a reponer los árboles talados y a mitigar los impactos ambientales.

Los constructores aclaran detalles
Diana Barrientos, abogada de los constructores, dice que el proyecto hizo un estudio previo de fauna, flora y aguas. “Todos los recursos están inventariados, se están tramitando los permisos ante la autoridad ambiental y se contrató una interventoría ambiental para el manejo de los recursos naturales en las condiciones que exige la ley”, comenta.

Por su parte, Camilo Ángel, ingeniero de la obra, explica que la quebrada La Escopetería y el caño Los Ángeles tendrán de 20 a 30 metros de retiro. Las aguas del lote las conducirán a las corrientes naturales, y sobre el cauce de las quebradas harán un corredor ecológico para atraer de nuevo la fauna al sector.

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El proyecto tendrá dos accesos, uno por El Tesoro a la altura de la calle 1BSur y otro por la Longitudinal Oriental; ambas vías serán construidas por el proyecto. Finalmente, el ingeniero asegura que estas urbanizaciones tomarán agua exclusivamente del servicio de Empresas Públicas y no de las fuentes hídricas del sector.

Acción popular en curso
El 24 de noviembre de 2006, algunos residentes de Los Ángeles instauraron una acción popular demandando a las 3 firmas constructoras del proyecto y a la Curaduría Primera Urbana y el Área Metropolitana por omisión. La acción popular pide que “como consecuencia de los daños causados al medio ambiente, se condene a los demandados a restituir los recursos naturales dañados en las mismas condiciones en las que se encontraban antes de la construcción y si es irreversible el daño, resarcirlo entregando las indemnizaciones a un fondo o fiducia que se encargue de mitigar y compensar los daños causados”.

El 4 de diciembre fue recibida la acción popular por el juzgado. En ella se pedía inicialmente como medida cautelar detener la obra para proteger la zona de recarga de acuíferos, pero no se aceptó porque, según el juzgado “ello implica reconocer los perjuicios ambientales que se le imputan a los demandados, sin el debido proceso”.
“Hasta la fecha no se ha hecho audiencia de pacto de cumplimiento, parte de la acción popular donde se acerca a las partes para buscar una conciliación, porque la parte que interpuso la acción popular no ha notificado a los constructores”, afirma la abogada del Área Metropolitana. 

 
     
 
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