En Colombia, se amplió el periodo laboral nocturno en dos horas. Conozca el valor del nuevo recargo

Hay un artículo que modifica la jornada diurna y nocturna, haciendo que los recargos se calculen de forma distinta. ¿cuál es?
Por: Redacción
26 diciembre, 2025
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El artículo 10 de la Ley de reforma laboral 2466 de junio 25 de 2025, llamado “Trabajo diurno y nocturno”, modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo e indicó que la jornada diurna es aquella que se realizará entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., mientras que el trabajo nocturno será el ejecutado entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. Imagen de referencia tomada de Freepik

La hora adicional nocturna en días hábiles cambió de regulación en Colombia, con la Reforma Laboral aprobada en junio de este 2025. Así, seis meses después de aprobada la ley, a partir de este 25 de diciembre el recargo nocturno inicia a las 7:00 p. m.

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Además, con la entrada en vigor de la reforma, los trabajadores que laboren en ese rango de horario verán un aumento en el valor total de su remuneración mensual, porque ahora tendrá un valor de $8.355.

Y es que la Ley 2466 de 2025, que dispuso una serie de ajustes al Código Sustantivo del Trabajo -CST- y otras normas laborales, dictaminó que el horario nocturno no solo comenzará a las 7:00 p. m. sino que también se extenderá hasta las 6:00 a. m. del día siguiente. Cabe recordar que antes de la reforma, el recargo nocturno se aplicaba desde las 9:00 p. m. Es decir, se amplió el periodo nocturno en dos horas.

Este cambio en la hora adicional nocturna en días hábiles afecta especialmente a sectores como vigilancia, entretenimiento nocturno, transporte, salud, comercio, call centers, etc.

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Conozca la regulación

Cabe aclarar que en el CST el recargo nocturno corresponde al reconocimiento adicional que se le hace al trabajador por laborar durante la noche (no se considera como un trabajo extraordinario), el cual hace parte de la jornada laboral ordinaria pactada entre las partes.

Entonces, por el solo hecho de ser nocturno, se remunera con un recargo del 35 % sobre el valor del trabajo diurno, teniendo en cuenta que la jornada máxima ordinaria laboral en Colombia está sufriendo una reducción progresiva de acuerdo con la Ley 2101 de 2021.

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Por lo anterior, tomando como base el smmlv -Salario Mínimo Mensual Legal Vigente-, el valor de los recargos se liquidará de la siguiente manera entre el 15 de julio y el 31 de diciembre de 2025:

  • Valor del salario mínimo mensual vigente en Colombia para el 2025: $1.423.500.
  • Horas totales trabajadas al mes según el cálculo expuesto en el comunicado de unificación del 8 de agosto de 2023 de la oficina jurídica del Ministerio del Trabajo (Concepto 16177): 44 horas máximas semanales / 6 × 30 días = 220 horas.
  • Valor hora ordinaria laboral 2025 (base smmlv): $6.470 ($1.423.500 / 220)

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