Autorizan enajenación de acciones de EPM en UNE e Invertelco

El Concejo de Medellín aprobó este miércoles 21 de agosto la enajenación de la participación accionaria no controlante de la Empresa en UNE EPM Telecomunicaciones S.A. (UNE) e Inversiones Telco S.A.S (Invertelco).

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En sesión plenaria del Concejo Distrital, los corporados aprobaron en segundo debate, con 16 votos a favor y 5 en contra, el Proyecto de Acuerdo 12 de 2024, “por medio del cual se autoriza la enajenación de unas participaciones accionarias, y se dictan otras disposiciones”.

“La decisión adoptada por el Concejo de Medellín nos permite concentrarnos en el desarrollo y crecimiento de nuestros negocios estratégicos en generación, transmisión y distribución de energía, provisión de aguas, gestión de aguas residuales, gas natural, residuos sólidos y nuevas soluciones, entre ellas energía solar, biogás e hidrógeno, con la prestación de servicios públicos con calidad, continuidad, cobertura y disponibilidad. Con los recursos de la enajenación podremos hacer realidad iniciativas que contribuyan al desarrollo de los territorios en los que tenemos presencia y, sobre todo, que aporten al bienestar de la gente y mejoren su calidad de vida”, indicó John Maya Salazar, gerente general de EPM.

Lo que sigue

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Con la aprobación del Concejo de Medellín, el Proyecto de Acuerdo 12 de 2024 será trasladado para sanción del alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez Zuluaga, y posterior publicación en la Gaceta Oficial del Distrito, para que empiece su vigencia como acuerdo distrital.

Aspectos para considerar en el proceso de venta de las acciones:

En consonancia con la Ley 226 de 1995, el trámite para la enajenación de participaciones del Estado en sociedades establece estas etapas:

-Primera etapa: las acciones se deben ofrecer a los destinatarios de condiciones especiales (trabajadores activos y pensionados de la empresa; asociaciones de empleados o exempleados, sindicatos de trabajadores, fondos de empleados, fondos de cesantías y pensiones, entidades cooperativas, entre otros).

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El plazo para realizar o materializar la venta estará definido en los programas y reglamentos de enajenación correspondientes, donde se establecerá el precio de venta base de las acciones, en desarrollo de la primera etapa de la Ley 226 de 1995. Este precio será la base mínima sobre la cual se efectúe el proceso de venta en las etapas siguientes de conformidad con la misma ley, los estatutos y el Acuerdo de Accionistas de UNE e Invertelco.

El precio de venta base de las acciones se sustentará en un estudio técnico que hará EPM acompañado de diferentes asesores independientes, tras la aprobación este miércoles 21 de agosto del Concejo de Medellín. Este análisis, que considerará el valor de la inversión de EPM en ambas compañías, será el insumo principal para que la Junta Directiva de EPM decida el precio de venta base.

-La segunda etapa está dirigida al público en general. Es importante destacar que en estas etapas puede haber diferentes personas naturales y/o jurídicas interesadas en participar y en adquirir acciones de UNE e Invertelco.

-Derecho de preferencia de Millicom y cláusula de protección del patrimonio público: los estatutos de UNE y su Acuerdo de Accionistas establecen un derecho de preferencia para los otros accionistas de UNE, en caso de no lograrse la venta de las acciones de EPM en las dos etapas anteriormente descritas. En este sentido, Millicom tiene la posibilidad de adquirir directamente las acciones de EPM en UNE. Si esto no ocurre, existe la probabilidad de adelantar una oferta conjunta al público en general del 100 % de las acciones de UNE propiedad de EPM y Millicom. EPM puede utilizar esta cláusula de protección del patrimonio público hasta el 31 de diciembre de 2026.

El Proyecto de Acuerdo 12 de 2024 fue socializado por EPM de manera presencial y virtual, con diversos grupos de interés y especiales, entre ellos: concejales y sus comisiones, la comunidad, los funcionarios de EPM, sindicatos de EPM, gremios, academia y medios de comunicación.

Si EPM completa la venta de las acciones en la segunda etapa, los recursos podrían entrar al presupuesto de la Empresa a finales de 2025. Entre tanto, si la enajenación se lleva a cabo con la cláusula de protección del patrimonio público, los recursos podrían llegar a finales de 2026 o inicios de 2027.

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EPM reitera que la Organización es y seguirá siendo una empresa 100 % pública, inspirada por el servicio a la comunidad, la promoción del desarrollo de los territorios y el bienestar de millones de personas.

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