Menores de edad no podrán circular entre las 7:00 p.m. y las 5:00 a.m. en algunas zonas de Medellín

Por: Giselle Tatiana Rojas Pérez
30 enero, 2024
toque de queda menores de edad

“Prevenir la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes es una prioridad de mi gobierno”, eso dijo el alcalde, Federico Gutiérrez, al informar a medios locales de la expedición de un decreto que restringe la movilidad de los menores de edad en zonas de alto riesgo.

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Y, en referencia a dicho decreto, el nuevo alcalde de Medellín fue enfático: “¡No más! Esto para ya”.

En más detalles, se trata del Decreto 0082 de 2024, que se aplicará hasta el 31 de julio de 2024, el cual limita la circulación de menores de 18 años, todos los días, entre las 7:00 p.m. y las 5:00 a.m., “a menos que estén acompañados por sus padres”, dice el documento.

La restricción aplicará para:

  • El Parque Lleras y sitios cercanos, en El Poblado, Comuna 14.
  • El corredor vial de la 33 (desde la calle 37, entre las carreras 43A y 54, entre la autopista y la carrera 80 en ambos sentidos), en el centro-occidente de Medellín.
  • La Candelaria (desde la calle Colombia hasta la avenida Rojas Pinilla, entre Bolívar y Cúcuta, incluida Plaza de Botero y la Veracruz), en el Centro de Medellín.
  • El corredor de la 70 (desde la carrera 71 y la carrera 68A, entre calles 47D hasta la Circular 1), sector Laureles.

Federico Gutiérrez también explicó que esta decisión se sustenta en datos de Policía de Infancia de Infancia y Adolescencia, de comisarías de familia y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, los cuales “identifican los puntos con mayor riesgo de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, en Medellín”.

Finalmente, el mandatario de los medellinenses dijo:

“Así como tomamos la medida para proteger frente a temas de consumo, aquí los estamos protegiendo de explotación sexual. Es claro que la gente tiene unos derechos, pero tienen límite, especialmente cuando van en detrimento de nuestras niñas, niños y adolescentes”.

Cabe informar que a los menores de edad y padres de familia que incumplan la norma se les aplicarán las sanciones que defina el Código de Infancia y Adolescencia, el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y el Código Penal.

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