Taxis en Medellín tienen nuevas tarifas de servicio

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Los taxis en Medellín cuentan con nuevas tarifas de servicio, pero solo aplica para aquellos que cumplan con la renovación de calibración de los taxímetros.

Gracias a un proceso de concertación realizado entre los actores del gremio de taxis y la alcaldía de Medellín, se expidió la Resolución 202250120918 por medio de la cual se definieron las nuevas tarifas para el servicio de transporte público individual de pasajeros en vehículos tipo taxi, siempre y cuando cumplan con los requisitos previos.

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Los nuevos costos del servicio de transporte en taxi son:

  • La carrera mínima se fijó en $6.300.
  • El arranque o banderazo en $4.300.
  • La hora contratada es de $28.000.
  • La carrera al aeropuerto cuesta $98.000 (incluido el peaje).
  • El valor de caída por cada 78 metros está en $100.
  • El valor de espera por 60 segundos subió a $250.

Mauricio Zuleta Estrada, subsecretario técnico de la secretaría de Movilidad de Medellín, dijo: “Los taxistas deben acercarse a realizar la revisión y calibración de taxímetros en las oficinas de la Secretaría. Invitamos a toda la comunidad para que haga uso del transporte público legal y formal”.

¿Qué deben hacer los conductores de taxi?

Para implementar la nueva tarifa, los más de 19.000 taxis que circulan en Medellín deberán acercarse a los puntos de pago de la sedes de la secretaría de Movilidad de Medellín ubicadas en Caribe, Sao Paulo o Premium Plaza y cancelar un costo de $96.900 correspondiente a los derechos de tránsito.

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A los taxis en este proceso les realizarán:

  • Calibración del taxímetro e inspección del mismo.
  • Instalación de una calcomanía que se debe ubicar en el vidrio panorámico.
  • Instalación de un sello de seguridad en el taxímetro, lo cual indica que el vehículo está autorizado para cobrar la nueva tarifa.

Además, los vehículos de servicio de transporte público individual deberán portar en la parte trasera de la silla del copiloto, la tarjeta de control debidamente laminada con la información establecida en el Decreto Nacional 1079 de 2015 Sección 8 o la norma que lo modifique, adicione o complemente, incluyendo la información detallada de las tarifas vigentes.

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