Según la ley 1209 de 2008, los conjuntos residenciales que tengan piscinas deben dotarlas de cerramientos, sistema de autocierre, botón de emergencia para detener la bomba de succión, detector de inmersión y varias condiciones físicas que, junto a especificaciones de calidad de aguas, representan un gasto significativo para las copropiedades que quieran seguir usándolas.
Pero lo que más preocupa a los administradores de unidades residenciales, según lo expresaron en reunión convocada esta semana por Corpoblado, es que existe un vacío en la ley en cuanto a la responsabilidad civil y sobre quién recae. Tal como se encuentra hoy la norma, las copropiedades están obligadas a reparar integralmente las lesiones o muerte de un menor de 12 años usuario de la piscina, por la presunción de culpa en el incumplimiento de vigilancia, sin considerar la responsabilidad de los padres, quienes, según los administradores, a menudo dejan a sus hijos menores sin supervisión en la piscina.
Una parte de la vigilancia que exige la ley es con personal certificado: un salvavidas por piscina, con 600 horas de formación en competencias como salvamento acuático y reanimación, que esté presente los fines de semana y en temporada de vacaciones, o en cualquier momento en que diez o más niños usen la piscina o realicen actividades cerca del agua.
Jenny Acero, abogada especialista en propiedad horizontal y asesora de Corpoblado, expresó en la reunión que esto no tiene sentido pues el riesgo no deja de existir con nueve niños en la piscina. Agregó que el uso de las piscinas en las unidades es tan bajo que no se justifica el costo del salario de un salvavidas. Cumplir con este requisito se complica si se tiene en cuenta que el Sena, encargado de certificar los salvavidas, no está obligado a formar y no ofrece esta capacitación en Antioquia, departamento que tiene 1.788 piscinas registradas. “Son regulaciones que necesitan y que pueden costear hoteles y piscinas grandes”, dijo uno de los asistentes a la reunión.
Mauricio Pinilla, experto en seguridad de piscinas y quien participa de la Mesa Especializada de Piscinas, corporación cívica creada para tratar el cumplimiento de la norma, les recordó a los asistentes que de los cerca de 200 ahogamientos de menores que ocurren en el año en Colombia, casi el 80 % ocurre en piscinas de unidades residenciales. En esto se incluye el caso de Santiago Rivera, en Neiva, que motivó esta ley, y no, como se cree, el caso de la piscina del Hotel Hilton en Cartagena. “Decir que no hay plata no exime de la norma y ¿cuál sería el argumento jurídico? ¿Qué prima sobre la vida y bienestar de un niño?”, preguntó el experto.
El senador Juan Carlos Vélez asistió a la reunión para comunicarle a los asistentes su intención de presentar otra vez en el Congreso, en julio de 2014, el proyecto que modificaría la Ley, principalmente en lo concerniente a la responsabilidad civil y a los salvavidas. Este año, al terminarse el periodo legislativo, el proyecto se hundió después de pasar los dos debates del Senado, porque no alcanzó a debatirse en la Cámara.
El senador también señaló que envió una carta a Gina Parodi, directora nacional del Sena, solicitando la formación de salvavidas. Con el proyecto se buscará hacer obligatoria la realización de estudios para medir la demanda de este personal capacitado y que demuestren la necesidad de generar una oferta de cursos suficientes.
La ley esta vigente
Mientras tanto, pese a las dificultades, la ley está vigente y los administradores de las unidades residenciales deben discutir y determinar con los copropietarios qué hacer con las piscinas, pues, como lo expresó Juan Camilo Tobón, coordinador de la Mesa de Aguas, es posible que en muchos casos el costo de la inversión para cumplir con la norma obligue al cierre total de la piscina. De no cerrarla, o no cumplir con las especificaciones, las unidades se enfrentan al riesgo de responder por millonarias indemnizaciones ante un posible ahogamiento, lo que significa grandes aportes de cada copropietario. Juan Camilo también recomendó a los administradores no solo enfocarse en las especificaciones de la ley sino también en la creación de cultura en los habitantes de las unidades residenciales para modificar comportamientos frente al respeto de reglas de la piscina, así como se han trabajado temas de excrementos de las mascotas y ropas en los balcones.
Así las cosas, y al no haber prosperado el proyecto para modificar la Ley 1209, la abogada Jenny Acero puso a consideración las siguientes propuestas de solución:
1. Implementar controles adicionales que no permitan el ingreso a la piscina de menores de 14 años sin compañía de un adulto responsable.
2. No permitir en semana el ingreso de más de 9 menores de 14 años.
3. Contratar personal salvavidas los 365 días del año, toda vez que con base en el texto de la ley es necesario tener el servicio en todo momento.
4. Cerrar las piscinas los fines de semana / contratar servicio de salvavidas sólo para las temporadas de vacaciones.