Pederastia, un trastorno que tiene tratamiento

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A diferencia del pedófilo, el pederasta no solo siente atracción por los niños sino que además siente la necesidad de abusar de ellos y romper los límites de la normas sociales y jurídicas.

 

Por: Ricardo Madrid Builes
 
Para el psicólogo clínico Francisco Álvarez es necesario que las personas que sienten la necesidad de abusar de los niños -pederastas- consulten con profesionales. Este trastorno de la identidad sexual puede ser llevado bajo un tratamiento que conlleva medicación -psiquiatría- y psicología cognitivo conductual.
 

Álvarez asegura que la diferencia entre el pedófilo y el pederasta es que el primero únicamente se queda en la seducción y en el placer de observar a los niños; los segundos necesitan contacto físico y sienten la necesidad de llevar a cabo el acceso carnal violento.

“Es más peligroso este último” y por eso deben ser tratados psiquiátricamente, “interviniendo los rasgos de personalidad y los controladores de impulso”, señala el especialista.

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“Quienes tienen dificultades con su identidad sexual  y con su desempeño sexual lo primero que hacen es esconder el problema, y por ello es necesario que esto no siga ocurriendo para que casos como los de esta semana no sigan ocurriendo. La gente debe de saber que esto, como cualquier problema psiquiátrico, puede y debe ser tratado, ya que la psiquiatría se encarga de hacer control sobre la conducta”, expresó el psicólogo.

Francisco Álvarez asegura, además, que la mayoría de personas que sufren de estos trastornos han sido violados en su infancia por alguna persona de la familia o alguien cercano.

Sobre el tema jurídico, Rubén Darío Madrid, juez penal de la República jubilado, expresó que en esto casos primero se debe saber si la persona es culpable o no y de qué delitos va a ser acusado. Lo que sí cambia es que si el médico forense establece clínicamente que en el momento del delito la persona se encontraba actuando bajo los efectos de la enfermedad, “sin capacidad de comprender lo que estaba haciendo”, como reza en el artículo 33 del Código Penal, la persona es declarada inimputable e ingresada a un centro asistencial, no a una penitenciaría.

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