Se mantienen fechas para votación por proyectos de PP

Del 16 al 23 de noviembre se harán votaciones virtuales. El domingo 24 de noviembre serán presenciales. En El Poblado se podrá escoger entre 29 proyectos formulados de manera participativa.

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El 7 de octubre, el Tribunal Administrativo de Antioquia falló, en segunda instancia, un pleito de competencias que data desde 2017, entre las Juntas Administradoras Locales (JAL) y los Consejos Comunales y Corregimentales de Planeación (CCCP), respecto a los procesos de Planeación Local y Presupuesto Participativo (PL y PP).

En resumen, el dictamen devuelve a las JAL plenas competencias en procesos de planeación local y desconoce a los CCCP como instancias válidas y vinculantes en dichos procesos, dado que su creación, mediante Acuerdo 28 de 2017, no contaba con sustento legal y se dio por una extralimitación de funciones del entonces Concejo de Medellín.

Los Consejos Comunales y Corregimentales de Planeación (CCCP) estaban conformados por representantes de varias mesas sectoriales, las cuales reflejaban los diversos intereses ciudadanos. Esta representación surgía de la votación interna de cada mesa, a diferencia de las JAL, cuyos miembros se escogen por voto popular.

Vivir en El Poblado consultó a la secretaría de Participación Ciudadana sobre las consecuencias de la sentencia en el proceso que se viene adelantando, con el fin de priorizar la inversión por Presupuesto Participativo que se hará en 2025.

380 mil millones de pesos se ejecutarán por PP, en Medellín, durante 2025.

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¿Cómo impacta el fallo al actual Decreto 0473 de 2024 (sobre Presupuesto Participativo y Planeación Local, PP y PL) y su aplicación?

El fallo no impacta directamente la aplicación del Decreto 0473 de 2024, pero establece lineamientos que redefinen la participación y competencias de ciertos actores en el proceso de Planeación Local y Presupuesto Participativo (PL y PP). Las Juntas Administradoras Locales (JAL) continúan con sus funciones dentro del marco de competencias otorgadas por ley y la Constitución, aunque con ajustes que alinean sus actividades a los lineamientos del fallo. Esto permite que el Decreto 0473 mantenga su vigencia, mientras las JAL conservan autonomía en la toma de decisiones dentro de sus competencias.

¿Cómo quedan definidas las competencias de instancias de participación ciudadana como los CCCP, JAC y JAL en cuanto a PL y PP?

El fallo aclara los roles de instancias de participación como los Consejos Comunales y Corregimentales de Planeación (CCCP), que ya no podrán actuar como escenarios de consulta y deliberación debido a la falta de regulación en la Ley Estatutaria. Las JAL mantienen su función como corporación pública con competencias legales y constitucionales, participando activamente en la Planeación Local y Presupuesto Participativo. Las Juntas de Acción Comunal (JAC), aunque no son mencionadas en el fallo, seguirán cumpliendo su rol comunitario sin modificaciones directas en sus competencias.

14 proyectos fueron priorizados por PP en El Poblado, en 2023, para ser ejecutados en 2024.

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Desde agosto se había definido una programación para el proceso de PL y PP de 2024, de cara a las inversiones en 2025. ¿Se mantiene ese cronograma?

Las votaciones entre el 16 y el 24 de noviembre de 2024, programadas dentro del proceso de Priorización Participativa, permanecen en el cronograma, lo que confirma la continuidad de las fases previstas para la ejecución de proyectos en 2025.

¿Qué pasará con recursos definidos en pasados procesos y propuestos en proyectos actuales, como los destinados al fortalecimiento de los CCCP?

Los recursos destinados a fortalecer instancias como los CCCP requerirán ajustes. En consecuencia, será necesario adaptar las actividades propuestas o reasignar los recursos en función de las nuevas directrices. Las JAL y otros actores seguirán contando con el apoyo metodológico y técnico de la Administración Distrital para asegurar que los proyectos priorizados respondan a las necesidades comunitarias y se ajusten a las competencias legales de cada instancia.

El proyecto que no será votado

Antes del fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia, la secretaría de Participación Ciudadana había socializado un listado de 30 proyectos seleccionados para la Comuna 14, fruto de cotejar la opinión ciudadana, el plan de desarrollo de El Poblado y el actual Plan de Desarrollo Distrital. En dicha selección, participó el CCCP de El Poblado, como venía sucediendo desde 2017. Uno de esos proyectos tiene que ver, precisamente, con el fortalecimiento de instancias y promoción de la participación y la movilización ciudadana (apoyo al plan de trabajo del CCCP de El Poblado; por $90 millones). Al no tener hoy sustento legal los CCCP, se tornó inviable este proyecto. La lista completa de proyectos a ser votados puede consultarse en www.medellin.gov.co/ndesarrollo/

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