Polémica por nuevos radios de acción en las JAC

Comunidades de El Poblado se quejan porque nueva normativa no tiene en cuenta arraigos históricos, en tanto que funcionarios distritales explican que se trata de exigencias del orden nacional.
Por: Alexander Barajas
11 septiembre, 2025
Asamblea de junta de acción comunal JAC
Los radios de acción, como parte de los estatutos de las JAC, deben ser aprobados por las asambleas de vecinos que conforman cada JAC. Por lo tanto, cualquier modificación debe tramitarse ante asambleas y no pueden ser decisiones autónomas de las mesas directivas. (Foto archivo Vivir en El Poblado)

Este viernes 12 de septiembre se cumple el plazo dado a las Juntas de Acción Comunal (JAC) de todo el país para que, entre otros aspectos, ajusten sus radios de acción, en cumplimiento de un mandato nacional contenido en la ley 2166 de 2021 y en dos decretos reglamentarios (1501 de 2023 y 1162 de 2024).

En esencia, la normatividad pide que los radios de acción (las áreas geográficas donde las JAC adelantan su trabajo comunitario) se ajusten según la organización territorial de cada municipio, bajo el principio de que una JAC no puede tener un radio de acción que involucre a más de un barrio.

Esta disposición ha causado malestar y contrariado a directivos y miembros de algunas de las diez JAC existentes en El Poblado, que históricamente han tenido sus radios de acción en sectores de barrios aledaños, como son los casos de las JAC de Los González, de Poblado Centro y del Tesoro La Virgen.

22 barrios tiene la comuna 14, según Decreto 346 del año 2000.

“Que tristeza que la ley 2166 no contemple la posibilidad de que nuestros fundadores sigan perteneciendo a la JAC, con más de 50 años de existencia, porque están en barrios distintos, desde donde han adelantado una labor valiosa para la comunidad”, dijo Diego Rúa, presidente de la JAC Los González.

Un sentir similar expresó Marta Sánchez, integrante de la JAC del Tesoro La Virgen, quien se declaró “damnificada por esa norma, pues me tengo que salir de la JAC y la JAC de nuestro vecindario después de casi 30 años de ser socia, de pertenecer a esa JAC y de trabajar por nuestras comunidades, sin consideración de límites barriales”.

La ley 2166 de 2021 prohíbe que una JAC tenga su radio de acción en dos o más barrios distintos. También aclara que en un barrio pueden existir más de una JAC, siempre y cuando no se superpongan sus radios de acción ni que estos se salgan de los límites barriales. Para crear una JAC se necesita la participación de, mínimo, 75 vecinos. (Foto cortesía Alcaldía de Medellín)

Para hacer cumplir esta directriz nacional, en Medellín están trabajando de la mano la Secretaría de Participación Ciudadana y el Departamento Administrativo de Planeación (DAP). Este último organismo orienta en cuanto a jurisdicciones barriales, mientras que la secretaría se encarga de lo referente al cumplimiento de esta norma comunal y al registro de las novedades en las JAC de la ciudad.

Según respuesta del DAP a Vivir en El Poblado, en la comuna 14 “existen 22 barrios reconocidos como tales por el Decreto 346 del 2000, correspondiente a la División Político Administrativa vigente para Medellín”. Un decreto muy posterior a la fundación de varias de la JAC de El Poblado, las cuales definieron sus radios de acción, mediante asambleas de vecinos, más de tres décadas antes.

10 juntas de acción comunal existen en El Poblado, según Participación Ciudadana.

Por su parte, desde Participación Ciudadana informaron que “en el Registro Sistematizado de Información Comunal (ARCO), actualmente, la comuna 14 Poblado, cuenta con 10 Juntas de Acción Comunal y una Asocomunal con personería jurídica”. Ante el Sistema de Gestión Documental Mercurio de ese mismo despacho, “nueve Juntas de Acción Comunal de la comuna 14 Poblado, han presentado la actualización de sus estatutos”, incluyendo nuevos radios de acción.

De esas nueve actualizaciones, solamente tres “fueron inscritas por cumplir los requisitos legales de quórum y aportar los documentos necesarios”. Las otras seis actualizaciones no fueron recibidas “por no cumplir los requisitos legales de quórum o con el contenido de los estatutos, o no aportar los documentos necesarios y deben presentar nueva solicitud, subsanando las causales de devolución”.

La secretaría agregó que “tanto la junta de acción comunal Loma de los Mangos, como la Asocomunal El Poblado no han presentado la actualización de estatutos”. Pese a que el plazo para presentar los nuevos radios de acción está próximo a vencerse, voceros de las JAC que se consideran afectados estudian alternativas legales que permitan un ajuste concertado a la nueva norma.

¿Qué dice Asocomunal?

Isabel Castaño, presidente de Asocomunal El Poblado comentó que para ejercer sus tareas las acciones comunales deben definir “un radio de acción cercano y asequible; también entendemos que el artículo 9 de la ley 2166 del 2021, delimita el territorio de las JAC en ciudades distritales o capitales a un solo barrio o conjunto residencial. Sin embargo, debe existir un adecuado proceso de reestructuración dentro de las juntas y un acompañamiento para que estos cambios sean graduales, sin desestabilizar la estructura comunal o violentar su quehacer”.

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