Jornada de conciliación gratuita, en la Cámara de Comercio sede El Poblado

Por: Giselle Tatiana Rojas Pérez
23 julio, 2024
Los aqui presente en la vitrina de la Camara de Comercio sede El Poblado

Personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad, empresas micro y pequeñas y entidades sin ánimo de lucro -ESAL- están convocadas a una Jornada de Conciliación Gratuita, en la Cámara de Comercio sede El Poblado.

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En esta jornada, tanto las personas naturales como las empresas tendrán la posibilidad de acceder a espacios para la justicia y solucionar sus controversias de manera ágil y gratuita.

Para participar, las personas y las empresas deben postular sus conflictos. Las postulaciones estarán abiertas hasta el próximo viernes 26 de julio a través del email: [email protected] y [email protected].

Tenga en cuenta, las pretensiones del conflicto no deben superar los 40 salarios mínimos (SMLMV), es decir, $52.000.000.

Entre los conflictos que se pueden resolver de la mano de expertos están:

  • Fijación de cuota alimentaria y visita de los hijos.
  • Diferencias con socios o incumplimientos de contratos.
  • Problemas de convivencia con un vecino.
  • Fijación de la cuota alimentaria, custodia y visita de los hijos.
  • Incumplimiento de un contrato.
  • Restitución de inmuebles arrendados.
  • Diferencias con socios.
  • Liquidación de sociedad conyugal.
  • Responsabilidad por accidentes de tránsito.

Las audiencias se realizarán entre el lunes 29 de julio y el viernes 9 de agosto de 2024.

¿En qué consiste la conciliación?

En conciliación, dos o más partes manifiestan sus intereses y necesidades a un abogado neutral y calificado denominado conciliador con quien intercambian ideas y propuestas que permiten llegar a un acuerdo que satisface a los involucrados.

En la Cámara, 87 % de los casos que se atienden por conciliación logran un acuerdo en la primera cita.

¿En qué consiste el arbitraje?

En Arbitraje, las personas involucradas en un conflicto delegan su solución a un número impar de abogados denominados árbitros, quienes tienen la facultad de proferir una sentencia que se denomina laudo arbitral. Se puede llegar a este mecanismo a través de una cláusula compromisoria al momento de firmar un contrato o por decisión de las partes involucradas en un conflicto, en ambos casos antes de acudir al mecanismo.

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