La Ley 2043, expedida por el Gobierno Nacional, valida las pasantías como experiencia laboral. Conozca cómo podrá certificar las prácticas laborales en su hoja de vida.
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Esta ley válida como experiencia las prácticas laborales, los contratos de aprendizaje, judicatura, relación docencia de servicio del sector salud y las pasantías, y acreditará para el desempeño laboral.
Los documentación que debe solicitar para certificar su experiencia laboral, mientras cursaba sus estudios, es:
- La empresa o institución donde realizó sus prácticas deberá entregarle un certificado en el que establezca las actividades y la modalidad de vinculación o contratación realizadas por en ese lugar.
- La institución educativa a la que se encuentre adscrito entrará a validar que la información entregada en el mencionado documento sea fiel a la realidad. Es por ello que se certificará que haya realizado las actividades cumpliendo el calendario del programa académico o formativo cursado como estudiante y que efectivamente se haya graduado del mismo.
- La Institución Educativa deberá emitir una certificación de experiencia profesional previa en la que debe señalar las fechas en las que realizó las actividades, modalidad de vinculación o contratación realizada y las actividades desarrolladas.
- Si el estudiante realizó monitorias, la institución educativa emitirá la certificación de equivalencia de experiencia profesional previa.
- En el caso de grupos de investigación, la autoridad competente debe expedir la respectiva certificación ante el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, al igual que las entidades públicas y privadas parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, el SNCTeI (instrumento de consulta de Colciencias). En cuanto a estudiantes Sena (Servicio Nacional de Aprendizaje), la certificación será emitida por esa institución.
Objeto de la Ley 2043
El Congreso de la República aprobó la Ley 2043 del 27 de julio de 2020, del Ministerio del Trabajo, que establece los mecanismos normativos para facilitar el acceso al ámbito laboral de aquellas personas que recientemente han culminado un proceso formativo, o de formación profesional o de educación técnica, tecnológica o universitaria.
“Tiene por objeto reglamentar la equivalencia de experiencia profesional previa de los jóvenes, a la que se refiere el artículo 2 de la Ley 2039 de 2020 y el artículo 3 de la Ley 2043 de 2020, para que sea acreditable y válida en sus procesos de inserción laboral”.Artículo 2.2.6.2.4.2: Ámbito de aplicación: regula la equivalencia de experiencia profesional previa en el sector privado, obtenida en la realización de prácticas laborales, contratos de aprendizaje, judicaturas, monitorias, contratos laborales, contratos de prestación de servicios o grupos de investigación, sobre temas relacionados directamente con el programa académico o formativo cursado.