El jueves 9 de abril, la Gobernación de Antioquia presentó recurso de apelación ante el Tribunal Administrativo de Antioquia contra la sentencia expedida por la Sala Sexta de ese mismo despacho judicial el pasado 26 de marzo y con la cual se emitió fallo de primera instancia a una acción popular presentada por vecinos del aeropuerto José María Córdova.
En el cuarto punto de su parte resolutoria, dicha sentencia conmina a la Gobernación de Antioquia y a la Aeronáutica Civil a “que, a más tardar en el término de seis (6) meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, elaboren los estudios técnicos y diseños definitivos necesarios para la construcción de infraestructura peatonal que dé continuidad, incluidos andenes y obras complementarias de drenaje, iluminación y accesibilidad universal, en el tramo comprendido entre el Intercambio Vial del Aeropuerto Internacional José María Córdova y la glorieta interna de acceso al mismo terminal aéreo”.
También, en el quinto punto, le ordena al Departamento de Antioquia “que, con fundamento en los estudios y diseños aprobados, adelante la ejecución de las obras definitivas de infraestructura peatonal, directamente o a través de los instrumentos contractuales y presupuestales que resulten jurídicamente procedentes, dentro de un término razonable, de conformidad con lo expuesto en el acápite 171 de la parte motiva”.
Como solución preliminar, el tribunal ordena igualmente a la Gobernación y a la Aerocivil que “a más tardar en el término de treinta (30) días contados a partir de la notificación de esta sentencia, habilite un paso peatonal provisional, continuo y debidamente señalizado entre el límite del intercambio vial y la glorieta interna de ingreso al Aeropuerto Internacional José María Córdova, acompañado de un Plan de Manejo de Tránsito Peatonal que garantice condiciones mínimas de seguridad para los peatones mientras implementan la solución definitiva a que se refiere el siguiente ordinal”.
Desde la Gobernación de Antioquia confirmaron la presentación del recurso de apelación. Al parecer y de manera extraoficial, se conoció que la pretensión del departamento es que se revoque ese primer fallo, por cuanto la responsabilidad de obras complementarias al intercambio vial corresponde al Municipio de Rionegro (por jurisdicción territorial) y a la Aeronáutica Civil (por propiedad del suelo).
Por su parte, la Aerocivil (la otra parte comprometida en la mencionada sentencia) expresó que “ya fue notificada del respectivo fallo, durante estos días se encuentra realizando las revisiones internas con un equipo interdisciplinario de acuerdo a las competencias de la entidad respecto a ello. Se está revisando el alcance del fallo para continuar con lo necesario frente al mismo”.





